Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Perales del Puerto. (BOP-2023-4109)
BOP-2023-4109 Resolución de Alcaldía de nombramiento de Concejales/as con Delegación Especial.
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RESUELVO
PRIMERO. Determinar las siguientes delegaciones especiales sobre los servicios siguientes,
en los/as concejales/as que a continuación se relacionan:
Concejalía de Empleo, Turismo y Emprendimiento: D.ª María Teresa Pérez Cordero.
Concejalía de Fomento, Infraestructuras Municipales y Medio Ambiente: D. Francisco
Javier Hernández Cebadero.
Concejalía de Educación, Asuntos Sociales e Igualdad: D.ª Matilde Bardillo Cebadero.
Concejalía Cultura, Deporte y Juventud: D. Andrés Torres Rivas.
SEGUNDO. Conforme al art. 43.5 b) del Real Decreto 2568/21986, de 28 de noviembre, por el
que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las
entidades locales (ROF), cada delegación especial comprenderá la dirección interna y la
gestión de los servicios respectivos, pero no incluye la facultad de resolver mediante actos
administrativos que afecten a terceros, los cuales se reserva el Alcalde (salvo que éste emitiera
delegaciones especiales relativas a un proyecto o asunto determinado, en los términos del art.
43.5 a) del ROF).
TERCERO. El órgano delegado ha de informar a esta Alcaldía, periódicamente y, en todo caso,
cuando se le requiera para ello, de la gestión realizada.
CUARTO. La delegación conferida en el presente Decreto requerirá para su eficacia la
aceptación del órgano delegado, entendiéndose ésta otorgada tácitamente si no se formula
ante esta Alcaldía expresa manifestación de no aceptación de la delegación en el término de
tres días hábiles contados desde el siguiente a aquel en que le sea notificada esta resolución.
QUINTO. La presente resolución será publicada en el Boletín Oficial de la Provincia, dándose
cuenta de su contenido al Pleno de la Corporación en la primera sesión que esta celebre.
SEXTO. En lo no previsto expresamente en esta resolución se aplicarán directamente las
previsiones de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y del
Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales,
aprobado por el Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, en cuanto a las reglas que para
la delegación se establecen en dichas normas.
CVE:
BOP-2023-4109
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 30 de junio de 2023
N.º 0123
Pág. 20714
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RESUELVO
PRIMERO. Determinar las siguientes delegaciones especiales sobre los servicios siguientes,
en los/as concejales/as que a continuación se relacionan:
Concejalía de Empleo, Turismo y Emprendimiento: D.ª María Teresa Pérez Cordero.
Concejalía de Fomento, Infraestructuras Municipales y Medio Ambiente: D. Francisco
Javier Hernández Cebadero.
Concejalía de Educación, Asuntos Sociales e Igualdad: D.ª Matilde Bardillo Cebadero.
Concejalía Cultura, Deporte y Juventud: D. Andrés Torres Rivas.
SEGUNDO. Conforme al art. 43.5 b) del Real Decreto 2568/21986, de 28 de noviembre, por el
que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las
entidades locales (ROF), cada delegación especial comprenderá la dirección interna y la
gestión de los servicios respectivos, pero no incluye la facultad de resolver mediante actos
administrativos que afecten a terceros, los cuales se reserva el Alcalde (salvo que éste emitiera
delegaciones especiales relativas a un proyecto o asunto determinado, en los términos del art.
43.5 a) del ROF).
TERCERO. El órgano delegado ha de informar a esta Alcaldía, periódicamente y, en todo caso,
cuando se le requiera para ello, de la gestión realizada.
CUARTO. La delegación conferida en el presente Decreto requerirá para su eficacia la
aceptación del órgano delegado, entendiéndose ésta otorgada tácitamente si no se formula
ante esta Alcaldía expresa manifestación de no aceptación de la delegación en el término de
tres días hábiles contados desde el siguiente a aquel en que le sea notificada esta resolución.
QUINTO. La presente resolución será publicada en el Boletín Oficial de la Provincia, dándose
cuenta de su contenido al Pleno de la Corporación en la primera sesión que esta celebre.
SEXTO. En lo no previsto expresamente en esta resolución se aplicarán directamente las
previsiones de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y del
Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales,
aprobado por el Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, en cuanto a las reglas que para
la delegación se establecen en dichas normas.
CVE:
BOP-2023-4109
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 30 de junio de 2023
N.º 0123
Pág. 20714