Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Peraleda de la Mata. (BOP-2023-4108)
BOP-2023-4108 Aprobación de la Oferta de Empleo Público para el año 2023.
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del Personal al Servicio de la AGE.
SEXTO. En cumplimiento de lo establecido en el artículo 56.1 de la Ley 7/1985, de 2 de abril,
Reguladora de las Bases del Régimen Local, se remitirá el acuerdo aprobatorio de la Oferta de
Empleo Público a la Administración General del Estado y de la Comunidad Autónoma.
SÉPTIMO. Publicar el anuncio de la presente Oferta en el Diario Oficial de Extremadura, en el
Boletín Oficial de la provincia de Cáceres, en la sede electrónica municipal:
https://peraledadelamata.sedelectrónica.es
y en el Portal de Transparencia de la Corporación, dando así cumplimiento a lo establecido en
la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen
gobierno.
OCTAVO. En los casos en que esta Resolución utiliza sustantivos de género gramatical
masculino para referirse a personas, cargos o puestos de trabajo, debe entenderse que se
hace por mera economía en la expresión, y que se utilizan de forma genérica con
independencia del sexo de las personas aludidas o de los/as titulares de dichos cargos, con
estricta igualdad en cuanto a efectos jurídicos.
NOVENO. Dar cuenta de la presente Resolución al Pleno de este Ayuntamiento en la próxima
sesión ordinaria que se celebre, de conformidad con lo preceptuado en el artículo 42 del Real
Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de
Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales.
Lo manda y firma el Sr. Alcalde-Presidente, en Peraleda de la Mata, a la fecha de la firma
electrónica. Por el Secretario-Interventor, D. Roberto Carrodeguas Méndez, se toma razón para
su transcripción en el Libro Electrónico de Resoluciones a los solos efectos de garantizar su
autenticidad e integridad, conforme a lo dispuesto en el artículo 3.2 e) del Real Decreto
128/2018, de 16 de marzo (DOCUMENTO FIRMADO ELECTRÓNICAMENTE AL MARGEN, de
acuerdo con lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen
jurídico del Sector Público –BOE de 2 de octubre)”.
Lo que se publica para general conocimiento, significándose que contra esta resolución, que
pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse, alternativamente, o recurso de reposición
potestativo, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación de esta
resolución, ante el Sr. Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Peraleda de la Mata, de
conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o recurso contencioso-administrativo,
CVE:
BOP-2023-4108
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 30 de junio de 2023
N.º 0123
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SEXTO. En cumplimiento de lo establecido en el artículo 56.1 de la Ley 7/1985, de 2 de abril,
Reguladora de las Bases del Régimen Local, se remitirá el acuerdo aprobatorio de la Oferta de
Empleo Público a la Administración General del Estado y de la Comunidad Autónoma.
SÉPTIMO. Publicar el anuncio de la presente Oferta en el Diario Oficial de Extremadura, en el
Boletín Oficial de la provincia de Cáceres, en la sede electrónica municipal:
https://peraledadelamata.sedelectrónica.es
y en el Portal de Transparencia de la Corporación, dando así cumplimiento a lo establecido en
la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen
gobierno.
OCTAVO. En los casos en que esta Resolución utiliza sustantivos de género gramatical
masculino para referirse a personas, cargos o puestos de trabajo, debe entenderse que se
hace por mera economía en la expresión, y que se utilizan de forma genérica con
independencia del sexo de las personas aludidas o de los/as titulares de dichos cargos, con
estricta igualdad en cuanto a efectos jurídicos.
NOVENO. Dar cuenta de la presente Resolución al Pleno de este Ayuntamiento en la próxima
sesión ordinaria que se celebre, de conformidad con lo preceptuado en el artículo 42 del Real
Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de
Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales.
Lo manda y firma el Sr. Alcalde-Presidente, en Peraleda de la Mata, a la fecha de la firma
electrónica. Por el Secretario-Interventor, D. Roberto Carrodeguas Méndez, se toma razón para
su transcripción en el Libro Electrónico de Resoluciones a los solos efectos de garantizar su
autenticidad e integridad, conforme a lo dispuesto en el artículo 3.2 e) del Real Decreto
128/2018, de 16 de marzo (DOCUMENTO FIRMADO ELECTRÓNICAMENTE AL MARGEN, de
acuerdo con lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen
jurídico del Sector Público –BOE de 2 de octubre)”.
Lo que se publica para general conocimiento, significándose que contra esta resolución, que
pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse, alternativamente, o recurso de reposición
potestativo, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación de esta
resolución, ante el Sr. Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Peraleda de la Mata, de
conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o recurso contencioso-administrativo,
CVE:
BOP-2023-4108
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 30 de junio de 2023
N.º 0123
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