Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Losar de la Vera. (BOP-2023-4099)
BOP-2023-4099 Modificación reglamento régimen interno de Residencia municipal M.ª Angeles Bujanda.
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EXMO. AYUNTAMIENTO DE
LOSAR DE LA VERA
(CÁCERES)
DIR3: L01101105
Rfa.: MCR
Plaza de la Viñuela, 29. 10460 LOSAR DE LA VERA (Cáceres)
Teléfono: 927 570 284 - Fax: 927 570 339- E-mail: aytolosar@losardelavera.es
iii. La convocatoria de cada Asamblea, se realizará por el Presidente
de la Junta de Gobierno o por el director del Centro y siempre con
una antelación mínima de 10 días, haciéndose pública su
convocatoria, mediante anuncios en el Centro.
iv. La Asamblea quedará constituida con la presencia de al menos el
50% de los usuarios en primera convocatoria y con cualquier
número de asistentes, en segunda convocatoria, que deberá
realizarse media hora después.
v. Los acuerdos de la Asamblea se adoptarán por mayoría simple de
los usuarios asistentes. Se levantará acta en la que figure: número
de asistentes a la asamblea, constitución de la Mesa, desarrollo
de orden del día y acuerdos tomados. Una copia de la misma,
deberá hacerse pública en el tablón de anuncios del Centro.
b. La junta de Gobierno, está constituida por representantes delos usuarios,
elegidos de forma directa, libre y secreta, por representantes del
Ayuntamiento, siendo conveniente que uno de ellos sea el/la Concejal/la
responsable de Servicios Sociales y por el/la director/a del Centro. Todos
ellos actuarán con voz y voto
i. El mandato de los representantes de los usuarios en la Junta de
Gobierno, será de dos años.
ii. El número de componentes de la Junta de Gobierno será el
siguiente: Alcalde del Ayuntamiento, Concejal/la de Bienestar
Social, director/a, trabajador elegido entre el personal del Centro
y cuatro representantes delos residentes.
iii. Las listas para la elección de los/as vocales deberán ser abiertas,
regulándose en norma de rango inferior al proceso electoral.
La Dirección, proporcionará los medios materiales necesarios para llevar a cabo
el acto de elección y prestará su asesoramiento, si fuera requerido, para posibilitar de la
mejor manera su celebración, debiendo ir dirigida su intervención, en todo caso, a
garantizar que la personal elegida lo ha sido de forma democrática.
CAPÍTULO VIII.- SISTEMA DE RECOGIDA DE SUBERENCIAS Y CANALIACIÓN Y
RESOLUCIÓN DE QUEJAS O RECLAMACIONES
Cód.
Validación:
65Y3TSHWQM6CNLHS22N9JPLGM
Verificación:
https://losardelavera.sedelectronica.es/
Documento
firmado
electrónicamente
desde
la
plataforma
esPublico
Gestiona
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BOP-2023-4099
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 30 de junio de 2023
N.º 0123
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LOSAR DE LA VERA
(CÁCERES)
DIR3: L01101105
Rfa.: MCR
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Teléfono: 927 570 284 - Fax: 927 570 339- E-mail: aytolosar@losardelavera.es
iii. La convocatoria de cada Asamblea, se realizará por el Presidente
de la Junta de Gobierno o por el director del Centro y siempre con
una antelación mínima de 10 días, haciéndose pública su
convocatoria, mediante anuncios en el Centro.
iv. La Asamblea quedará constituida con la presencia de al menos el
50% de los usuarios en primera convocatoria y con cualquier
número de asistentes, en segunda convocatoria, que deberá
realizarse media hora después.
v. Los acuerdos de la Asamblea se adoptarán por mayoría simple de
los usuarios asistentes. Se levantará acta en la que figure: número
de asistentes a la asamblea, constitución de la Mesa, desarrollo
de orden del día y acuerdos tomados. Una copia de la misma,
deberá hacerse pública en el tablón de anuncios del Centro.
b. La junta de Gobierno, está constituida por representantes delos usuarios,
elegidos de forma directa, libre y secreta, por representantes del
Ayuntamiento, siendo conveniente que uno de ellos sea el/la Concejal/la
responsable de Servicios Sociales y por el/la director/a del Centro. Todos
ellos actuarán con voz y voto
i. El mandato de los representantes de los usuarios en la Junta de
Gobierno, será de dos años.
ii. El número de componentes de la Junta de Gobierno será el
siguiente: Alcalde del Ayuntamiento, Concejal/la de Bienestar
Social, director/a, trabajador elegido entre el personal del Centro
y cuatro representantes delos residentes.
iii. Las listas para la elección de los/as vocales deberán ser abiertas,
regulándose en norma de rango inferior al proceso electoral.
La Dirección, proporcionará los medios materiales necesarios para llevar a cabo
el acto de elección y prestará su asesoramiento, si fuera requerido, para posibilitar de la
mejor manera su celebración, debiendo ir dirigida su intervención, en todo caso, a
garantizar que la personal elegida lo ha sido de forma democrática.
CAPÍTULO VIII.- SISTEMA DE RECOGIDA DE SUBERENCIAS Y CANALIACIÓN Y
RESOLUCIÓN DE QUEJAS O RECLAMACIONES
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