Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Cedillo. (BOP-2023-4084)
BOP-2023-4084 Delegación de competencias a favor de Concejales/as.
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RESUELVO: PRIMERO. Otorgar las siguientes Delegaciones:
Delegar en D.ª Águeda Rodríguez De Sande, la dirección y gestión de las áreas de
Igualdad, Mujer, Sanidad, Asociaciones, Festejos y Deportes
Delegar en D.ª Gregoria Rosado Robledo, la dirección y gestión de las áreas de
Educación, Cultura, Hacienda y Turismo.
Estas delegaciones surtirán efectos desde el día siguiente al de la fecha de adopción de la
presente Resolución.
SEGUNDO. La delegación especial comprende las facultades de dirección y de gestión, así
como la de resolver los procedimientos administrativos oportunos mediante la adopción de
actos administrativos que afecten a terceros.
TERCERO. El órgano delegado ha de informar a esta Alcaldía, a posteriori, con la periodicidad
que determine esta Alcaldía y, en todo caso, cuando se le requiera para ello, de la gestión
realizada y de las disposiciones dictadas en el período de referencia, y con carácter previo de
aquellas decisiones de trascendencia, tal y como se prevé en al artículo 115 Reglamento de
Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales aprobado por el
Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre.
CUARTO. Los actos dictados por el Concejal en ejercicio de las atribuciones que le han sido
delegadas, indicarán expresamente esta circunstancia y se entenderán dictados por la Alcaldía
de este Ayuntamiento. En consecuencia, corresponderá a esta Alcaldía la resolución de los
recursos de reposición que puedan interponerse contra dichos actos.
QUINTO. La delegación conferida en el presente Decreto requerirá para su eficacia la
aceptación del órgano delegado, entendiéndose ésta otorgada tácitamente si no se formula
ante esta Alcaldía expresa manifestación de no aceptación de la delegación en el término de
tres días hábiles contados desde el siguiente a aquel en que le sea notificada esta resolución.
SEXTO. La presente resolución será publicada en el Boletín Oficial de la Provincia, dándose
cuenta de su contenido al Pleno de la Corporación en la primera sesión que esta celebre.
SÉPTIMO. En lo no previsto expresamente en esta resolución se aplicarán directamente las
previsiones de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y del
Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales,
aprobado por el Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, en cuanto a las reglas que para
la delegación se establecen en dichas normas.
CVE:
BOP-2023-4084
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 30 de junio de 2023
N.º 0123
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