Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Madrigal de la Vera. (BOP-2023-3895)
BOP-2023-3895 Aprobación definitiva del Plan de Integridad y de Medidas Antifraude.
41 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
AYUNTAMIENTO
MADRIGAL DE LA VERA
Plan de integridad y de medidas antifraude del Ayuntamiento de MADRIGAL DE LA VERA
Sistema de Gestión del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia
5
respecta a las irregularidades administrativas (artículo 1.2).
- Directiva (UE) 2017/1371, sobre la lucha contra el fraude que afecta a los intereses
financieros de la Unión (Directiva PIF), en lo que afecta a la definición normativa de fraude y
corrupción, así como malversación (artículos 3 y 4).
- Reglamento (UE, Euratom) 2018/1046, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 18 de
julio de 2018, sobre normas financieras aplicables al presupuesto general de la Unión, en relación
con los conflictos de intereses (artículo 61.3).
3.1 Irregularidad
Constituirá irregularidad toda infracción de una disposición del Derecho comunitario
correspondiente a una acción u omisión de un agente económico que tenga o tendría por efecto
perjudicar al presupuesto general de las Comunidades (Unión Europea) o a los presupuestos
administrados por éstas (o gestionado de forma compartida por autoridades nacionales como son las
locales), bien sea mediante una disminución o la supresión de ingresos procedentes de recursos
propios percibidos directamente por cuenta de las Comunidades, bien mediante un gasto indebido.
3.2 Fraude
Tendrá consideración de fraude:
a) En materia de gastos no relacionados con los contratos públicos, cualquier acción u
omisión relativa a:
— el uso o la presentación de declaraciones o documentos falsos, inexactos o incompletos,
que tenga por efecto la malversación o la retención infundada de fondos o activos del presupuesto
de la Unión o de presupuestos administrados por la Unión, o en su nombre,
— el incumplimiento de una obligación expresa de comunicar una información, que tenga el
mismo efecto, o
— el uso indebido de esos fondos o activos para fines distintos de los que motivaron su
concesión inicial.
b) En materia de gastos relacionados con los contratos públicos, al menos cuando se
cometan con ánimo de lucro ilegítimo para el autor u otra persona, cualquier acción u omisión
relativa a:
— el uso o la presentación de declaraciones o documentos falsos, inexactos o incompletos,
que tenga por efecto la malversación o la retención infundada de fondos o activos del presupuesto
de la Unión o de presupuestos administrados por la Unión, o en su nombre,
— el incumplimiento de una obligación expresa de comunicar una información, que tenga el
mismo efecto, o
Cód.
Validación:
466NGWP9H7RT7LS5232N2X54X
Verificación:
https://madrigaldelavera.sedelectronica.es/
Documento
firmado
electrónicamente
desde
la
plataforma
esPublico
Gestiona
|
Página
5
de
40
CVE:
BOP-2023-3895
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 26 de junio de 2023
N.º 0119
Pág. 19819
MADRIGAL DE LA VERA
Plan de integridad y de medidas antifraude del Ayuntamiento de MADRIGAL DE LA VERA
Sistema de Gestión del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia
5
respecta a las irregularidades administrativas (artículo 1.2).
- Directiva (UE) 2017/1371, sobre la lucha contra el fraude que afecta a los intereses
financieros de la Unión (Directiva PIF), en lo que afecta a la definición normativa de fraude y
corrupción, así como malversación (artículos 3 y 4).
- Reglamento (UE, Euratom) 2018/1046, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 18 de
julio de 2018, sobre normas financieras aplicables al presupuesto general de la Unión, en relación
con los conflictos de intereses (artículo 61.3).
3.1 Irregularidad
Constituirá irregularidad toda infracción de una disposición del Derecho comunitario
correspondiente a una acción u omisión de un agente económico que tenga o tendría por efecto
perjudicar al presupuesto general de las Comunidades (Unión Europea) o a los presupuestos
administrados por éstas (o gestionado de forma compartida por autoridades nacionales como son las
locales), bien sea mediante una disminución o la supresión de ingresos procedentes de recursos
propios percibidos directamente por cuenta de las Comunidades, bien mediante un gasto indebido.
3.2 Fraude
Tendrá consideración de fraude:
a) En materia de gastos no relacionados con los contratos públicos, cualquier acción u
omisión relativa a:
— el uso o la presentación de declaraciones o documentos falsos, inexactos o incompletos,
que tenga por efecto la malversación o la retención infundada de fondos o activos del presupuesto
de la Unión o de presupuestos administrados por la Unión, o en su nombre,
— el incumplimiento de una obligación expresa de comunicar una información, que tenga el
mismo efecto, o
— el uso indebido de esos fondos o activos para fines distintos de los que motivaron su
concesión inicial.
b) En materia de gastos relacionados con los contratos públicos, al menos cuando se
cometan con ánimo de lucro ilegítimo para el autor u otra persona, cualquier acción u omisión
relativa a:
— el uso o la presentación de declaraciones o documentos falsos, inexactos o incompletos,
que tenga por efecto la malversación o la retención infundada de fondos o activos del presupuesto
de la Unión o de presupuestos administrados por la Unión, o en su nombre,
— el incumplimiento de una obligación expresa de comunicar una información, que tenga el
mismo efecto, o
Cód.
Validación:
466NGWP9H7RT7LS5232N2X54X
Verificación:
https://madrigaldelavera.sedelectronica.es/
Documento
firmado
electrónicamente
desde
la
plataforma
esPublico
Gestiona
|
Página
5
de
40
CVE:
BOP-2023-3895
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 26 de junio de 2023
N.º 0119
Pág. 19819