Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Madrigal de la Vera. (BOP-2023-3894)
BOP-2023-3894 Aprobación definitiva II Plan de Empleo Público Local.
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con especial atención a la población total menor de 25 años y mayor de 65
años; necesidades de gasto; inversa de la capacidad fiscal; inversa de la renta
per cápita y desempleo, para el que el Consejo de Política Social desarrollará las
funciones relativas a su oportuno control y seguimiento.
Asimismo, según lo dispuesto por la Ley 3/2019, de 22 de enero, de garantía de
la autonomía municipal de Extremadura, en su artículo 15.1.c, en lo referido a las
materias o ámbitos de actividad y promoción económica, los municipios
disponen, entre otras, competencias para el “… desarrollo local económico y
social y políticas de fomento o planes locales de empleo”.
De todo lo anterior, se deduce que, a través de los planes locales de empleo, los
municipios contribuyen a satisfacer necesidades y aspiraciones de la
comunidad vecinal, sin que se vea afectada su sostenibilidad financiera.
Conviene mencionar también que la disposición final segunda del Real Decreto-
ley 32/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reforma laboral,
la garantía de la estabilidad en el empleo y la transformación del mercado
laboral, introduce una nueva disposición adicional novena en el texto refundido
de la Ley de Empleo, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2015, de 23 de
octubre, en relación a los contratos vinculados a programas de activación para
el empleo, determinando que las administraciones públicas y, en su caso, las
entidades sin ánimo de lucro podrán realizar contratos para la mejora de la
ocupabilidad y la inserción laboral en el marco de programas de activación
para el empleo, con una duración no superior a 12 meses.
2. Grupos de población destinatarios del Programa
El Programa de activación para el empleo local de Madrigal de la Vera
promueve la creación de empleo en el municipio atendiendo a las personas en
situación de desempleo en general. No obstante, se establecerá un foco de
prioridad sobre los grupos de población a quienes resulta más difícil el acceso al
mercado laboral de nuestro territorio, entre los que destacamos:
 Personas jóvenes
 Mujeres.
 Personas en situación de paro de larga duración.
 Personas con discapacidad.
Cód.
Validación:
MSFM76K9N7K2R7SPZL577CDX9
Verificación:
https://madrigaldelavera.sedelectronica.es/
Documento
firmado
electrónicamente
desde
la
plataforma
esPublico
Gestiona
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CVE:
BOP-2023-3894
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 26 de junio de 2023
N.º 0119
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