Sección I - Administración Local. Provincia. Consorcio Medioambiental MásMedio. (BOP-2023-3826)
BOP-2023-3826 Convenio de Encomienda de Gestión del servicio de ciclo completo del agua, suscrito entre el Consorcio MásMedio y el Ayuntamiento de Herreruela.
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para su desempeño.”
Asimismo, y en virtud de lo dispuesto en el artículo 11.3.b) de la LRJSP
la formalización de las encomiendas de gestión cuando se realice entre
órganos y Entidades de Derecho Público de distintas Administraciones se
formalizará mediante firma del correspondiente convenio entre ellas.
Quinto. - Que el AYUNTAMIENTO, en la sesión plenaria de 14 de junio de
2021 ha adoptado el acuerdo de encomienda de gestión al Consorcio
“MÁSMEDIO” de la prestación del servicio del ciclo completo del agua.
Esta encomienda de gestión debe formalizarse con la firma del
correspondiente convenio.
Por cuanto antecede, de conformidad con el artículo 11 de LRJSP,
suscriben el presente Convenio conforme a las siguientes:
CLÁUSULAS
PRIMERA. - Objeto de la encomienda de gestión.
La presente encomienda de gestión tiene por objeto la prestación de los
servicios municipales la gestión del servicio del ciclo completo del agua y acti-
vidades conexas, al AYUNTAMIENTO.
Esta encomienda conlleva la gestión, que se realiza al amparo de lo
establecido en los artículos 8 y 11 de la LRJSP, en relación con los artículos
25.2.1, 26 y 57 de la LRBRL, 15.1.b), 15.6. y 18.2 de la Ley 3/2019, de 22 de
enero, de Garantía de la Autonomía municipal de Extremadura, el artículo 152
del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el
TRLHL, cuyas competencias gestionará, en encomienda de gestión, con
carácter supramunicipal, el Consorcio “MÁSMEDIO”.
A tal fin, el AYUNTAMIENTO adopta el acuerdo de encomienda de gestión
de la competencia municipal en la parte diferencial del Ciclo Integral del
Agua, en la fase de ciclo completo del agua, al Consorcio “MÁSMEDIO” al
encontrarse con una organización más idónea en el ámbito provincial,
conociendo los criterios básicos de la prestación de este servicio con tal
carácter, y, en consecuencia, que entiende más beneficioso para los intereses
municipales que tal servicio se presta a través del mismo.
CVE:
BOP-2023-3826
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 22 de junio de 2023
N.º 0117
Pág. 19581
Asimismo, y en virtud de lo dispuesto en el artículo 11.3.b) de la LRJSP
la formalización de las encomiendas de gestión cuando se realice entre
órganos y Entidades de Derecho Público de distintas Administraciones se
formalizará mediante firma del correspondiente convenio entre ellas.
Quinto. - Que el AYUNTAMIENTO, en la sesión plenaria de 14 de junio de
2021 ha adoptado el acuerdo de encomienda de gestión al Consorcio
“MÁSMEDIO” de la prestación del servicio del ciclo completo del agua.
Esta encomienda de gestión debe formalizarse con la firma del
correspondiente convenio.
Por cuanto antecede, de conformidad con el artículo 11 de LRJSP,
suscriben el presente Convenio conforme a las siguientes:
CLÁUSULAS
PRIMERA. - Objeto de la encomienda de gestión.
La presente encomienda de gestión tiene por objeto la prestación de los
servicios municipales la gestión del servicio del ciclo completo del agua y acti-
vidades conexas, al AYUNTAMIENTO.
Esta encomienda conlleva la gestión, que se realiza al amparo de lo
establecido en los artículos 8 y 11 de la LRJSP, en relación con los artículos
25.2.1, 26 y 57 de la LRBRL, 15.1.b), 15.6. y 18.2 de la Ley 3/2019, de 22 de
enero, de Garantía de la Autonomía municipal de Extremadura, el artículo 152
del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el
TRLHL, cuyas competencias gestionará, en encomienda de gestión, con
carácter supramunicipal, el Consorcio “MÁSMEDIO”.
A tal fin, el AYUNTAMIENTO adopta el acuerdo de encomienda de gestión
de la competencia municipal en la parte diferencial del Ciclo Integral del
Agua, en la fase de ciclo completo del agua, al Consorcio “MÁSMEDIO” al
encontrarse con una organización más idónea en el ámbito provincial,
conociendo los criterios básicos de la prestación de este servicio con tal
carácter, y, en consecuencia, que entiende más beneficioso para los intereses
municipales que tal servicio se presta a través del mismo.
CVE:
BOP-2023-3826
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 22 de junio de 2023
N.º 0117
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