Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Baños de Montemayor. (BOP-2023-3786)
BOP-2023-3786 Aprobación de las Bases y Convocatoria excepcional en el marco del proceso de estabilización de empleo temporal, para cubrir dos plazas de Auxiliar de Ayuda a Domicilio, mediante sistema de concurso.
29 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Ayuntamiento de Baños de Montemayor
Ayuntamiento de Baños de Montemayor Pág.4 de 27
● Título de Técnico/a en Cuidados Auxiliares de Enfermería o los Títulos equivalentes
de Técnico/a Auxiliar de Clínica, Técnico/a Auxiliar Psiquiatría y Técnico/a Auxiliar de
Enfermería.
● Título de Técnico/a en Atención a Personas en Situación de Dependencia o el título
equivalente de Técnico/a de Atención Sociosanitaria.
● Certificado de Profesionalidad de Atención Sociosanitaria a Personas Dependientes
en Instituciones Sociales.
● Certificado de Profesionalidad de Atención Sociosanitaria a Personas en el
Domicilio.
● Certificado de Profesionalidad de la ocupación de Auxiliar de Ayuda a Domicilio,
establecido por el Real Decreto 331/1997, de 7 de Marzo.
Los aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán estar en posesión de la
correspondiente credencial de homologación o, en su caso, del correspondiente
certificado de equivalencia.
Este requisito no será de aplicación a los aspirantes que hubieran obtenido el
reconocimiento de su cualificación profesional en el ámbito de las profesiones reguladas al
amparo de las disposiciones de derecho comunitario.
f) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de
cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios
de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para
empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de
funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del
personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional
de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a
sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el
acceso al empleo público.
g) No estar incluido/a en ninguno de los supuestos de incompatibilidad establecidos
en la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades del Personal al Servicio de las
Administraciones Públicas. Dicho requisito deberá acreditarse previamente a la
contratación.
CVE:
BOP-2023-3786
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 20 de junio de 2023
N.º 0115
Pág. 19284
Ayuntamiento de Baños de Montemayor Pág.4 de 27
● Título de Técnico/a en Cuidados Auxiliares de Enfermería o los Títulos equivalentes
de Técnico/a Auxiliar de Clínica, Técnico/a Auxiliar Psiquiatría y Técnico/a Auxiliar de
Enfermería.
● Título de Técnico/a en Atención a Personas en Situación de Dependencia o el título
equivalente de Técnico/a de Atención Sociosanitaria.
● Certificado de Profesionalidad de Atención Sociosanitaria a Personas Dependientes
en Instituciones Sociales.
● Certificado de Profesionalidad de Atención Sociosanitaria a Personas en el
Domicilio.
● Certificado de Profesionalidad de la ocupación de Auxiliar de Ayuda a Domicilio,
establecido por el Real Decreto 331/1997, de 7 de Marzo.
Los aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán estar en posesión de la
correspondiente credencial de homologación o, en su caso, del correspondiente
certificado de equivalencia.
Este requisito no será de aplicación a los aspirantes que hubieran obtenido el
reconocimiento de su cualificación profesional en el ámbito de las profesiones reguladas al
amparo de las disposiciones de derecho comunitario.
f) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de
cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios
de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para
empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de
funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del
personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional
de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a
sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el
acceso al empleo público.
g) No estar incluido/a en ninguno de los supuestos de incompatibilidad establecidos
en la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades del Personal al Servicio de las
Administraciones Públicas. Dicho requisito deberá acreditarse previamente a la
contratación.
CVE:
BOP-2023-3786
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 20 de junio de 2023
N.º 0115
Pág. 19284