Sección I - Administración Local. Mancomunidades. Mancomunidad Integral de Municipios Campo Arañuelo. (BOP-2023-3583)
BOP-2023-3583 Bases de selección de una plaza de Trabajador/a SSB.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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FUNDAMENTOS DE DERECHO
Considerando que la rectificación que por la presente Resolución se resuelve, obedece a un
error o equivocación material o de hecho, que no puede ser fuente de derecho, ya que el
mismo es claro y evidente, no requiere operaciones de calificación jurídica o juicios valorativos,
configurándose como un simple error material, por tratarse de una simple equivocación que se
advierte a la vista de lo indicado y la documentación obrante en el expediente, sin necesidad de
datos ajenos al mismo.
A la vista de lo anteriormente expuesto y al amparo de lo establecido en el artículo 109 de la
Ley El artículo 109 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas, Y de conformidad con reiterada jurisprudencia al
respecto,
RESUELVO
1. Rectificar el error material del punto 8 (Bolsa de Trabajo) de las bases para la contratación
de de una plaza de trabajador/a social temporal del servicio social de base de la
mancomunidad integral de municipios campo arañuelo, publicadas en el BOP de Cáceres n.º
100, de 30 de mayo de 2023; siguiente:
Donde dice:
“hayan superado la primera fase y no sean selccionados/as…”
Debe decir:
“que no hayan superado el proceso selectivo…”
2. Dar publicidad a la presente resolución de corrección de errores mediante su publicación en
el BOP de Cáceres y en el tablón de anuncios de la Mancomunidad Integral de municipios
Campo Arañuelo:
https://campoaranuelo.sedelectronica.es/info.0
La presente Resolución agota la vía administrativa y contra la misma podrá interponerse
CVE:
BOP-2023-3583
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 6 de junio de 2023
N.º 0105
Pág. 18460
Considerando que la rectificación que por la presente Resolución se resuelve, obedece a un
error o equivocación material o de hecho, que no puede ser fuente de derecho, ya que el
mismo es claro y evidente, no requiere operaciones de calificación jurídica o juicios valorativos,
configurándose como un simple error material, por tratarse de una simple equivocación que se
advierte a la vista de lo indicado y la documentación obrante en el expediente, sin necesidad de
datos ajenos al mismo.
A la vista de lo anteriormente expuesto y al amparo de lo establecido en el artículo 109 de la
Ley El artículo 109 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas, Y de conformidad con reiterada jurisprudencia al
respecto,
RESUELVO
1. Rectificar el error material del punto 8 (Bolsa de Trabajo) de las bases para la contratación
de de una plaza de trabajador/a social temporal del servicio social de base de la
mancomunidad integral de municipios campo arañuelo, publicadas en el BOP de Cáceres n.º
100, de 30 de mayo de 2023; siguiente:
Donde dice:
“hayan superado la primera fase y no sean selccionados/as…”
Debe decir:
“que no hayan superado el proceso selectivo…”
2. Dar publicidad a la presente resolución de corrección de errores mediante su publicación en
el BOP de Cáceres y en el tablón de anuncios de la Mancomunidad Integral de municipios
Campo Arañuelo:
https://campoaranuelo.sedelectronica.es/info.0
La presente Resolución agota la vía administrativa y contra la misma podrá interponerse
CVE:
BOP-2023-3583
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 6 de junio de 2023
N.º 0105
Pág. 18460