Sección I - Administración Local. Mancomunidades. Mancomunidad Integral de Municipios Campo Arañuelo. (BOP-2023-3583)
BOP-2023-3583 Bases de selección de una plaza de Trabajador/a SSB.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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nombrado y quedarán anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en
que hubiera podido incurrir por falsedad en las instancias solicitando tomar parte en la
pruebas. En este caso, la Presidencia efectuará nombramiento a favor del aspirante que siga
en el orden de clasificación final al propuesto.
8.- Bolsa de trabajo.
Los candidatos que no hayan superado el proceso selectivo, ordenados según la calificación
obtenida en el proceso selectivo, formarán parte de una Bolsa de Trabajo para la cobertura de
bajas, renuncias, sustituciones y otras incidencias en el servicio, en cualquiera de sus plazas.
Esta bolsa de trabajo estará en vigor en tanto no exista resolución expresa que la revoque o no
se constituya otra posterior de la misma naturaleza y fines.
9.- Formalización del contrato.
Efectuado el nombramiento se procederá a la formalización del correspondiente contrato, con
sujeción a lo establecido en el art. 15.a del Real Decreto Legislativo
1/1995 de 24 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los
Trabajadores, y en el R.D. 2720/98 de 28 de diciembre, estableciéndose en el mismo un
periodo de prueba determinado según la normativa vigente.
10.- Incidencias.
Contra estas bases, su convocatoria y cuantos actos se deriven de las mismas y de la actuación
del Tribunal, se podrán interponer impugnaciones por los interesados en los casos y en la
forma establecida por la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas.
El Tribunal queda facultado para resolver las dudas que puedan presentarse y adoptar
resoluciones, criterios o medidas necesarias para el buen orden del concurso, en aquellos
aspectos no previstos en estas bases.
FIRMADO Y FECHADO DIGITALMENTE AL MARGEN
EL PRESIDENTE
Raúl Medina Gómez
9
Cód.
Validación:
6PQTDGESHXN4LQ5TXAYL29LXZ
Verificación:
https://campoaranuelo.sedelectronica.es/
Documento
firmado
electrónicamente
desde
la
plataforma
esPublico
Gestiona
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BOP-2023-3583
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 6 de junio de 2023
N.º 0105
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que hubiera podido incurrir por falsedad en las instancias solicitando tomar parte en la
pruebas. En este caso, la Presidencia efectuará nombramiento a favor del aspirante que siga
en el orden de clasificación final al propuesto.
8.- Bolsa de trabajo.
Los candidatos que no hayan superado el proceso selectivo, ordenados según la calificación
obtenida en el proceso selectivo, formarán parte de una Bolsa de Trabajo para la cobertura de
bajas, renuncias, sustituciones y otras incidencias en el servicio, en cualquiera de sus plazas.
Esta bolsa de trabajo estará en vigor en tanto no exista resolución expresa que la revoque o no
se constituya otra posterior de la misma naturaleza y fines.
9.- Formalización del contrato.
Efectuado el nombramiento se procederá a la formalización del correspondiente contrato, con
sujeción a lo establecido en el art. 15.a del Real Decreto Legislativo
1/1995 de 24 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los
Trabajadores, y en el R.D. 2720/98 de 28 de diciembre, estableciéndose en el mismo un
periodo de prueba determinado según la normativa vigente.
10.- Incidencias.
Contra estas bases, su convocatoria y cuantos actos se deriven de las mismas y de la actuación
del Tribunal, se podrán interponer impugnaciones por los interesados en los casos y en la
forma establecida por la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas.
El Tribunal queda facultado para resolver las dudas que puedan presentarse y adoptar
resoluciones, criterios o medidas necesarias para el buen orden del concurso, en aquellos
aspectos no previstos en estas bases.
FIRMADO Y FECHADO DIGITALMENTE AL MARGEN
EL PRESIDENTE
Raúl Medina Gómez
9
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