Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Villa del Campo. (BOP-2023-3491)
BOP-2023-3491 Aprobación definitiva Plan Activación para Empleo Local.
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Sección I - Administración Local
Ayuntamientos
Ayuntamiento de Villa del Campo
ANUNCIO. Aprobación definitiva Plan Activación para Empleo Local.
El Ayuntamiento de Villa del Campo, en sesión ordinaria del Pleno municipal, celebrado en
fecha 15 de marzo de 2023, aprobó inicialmente Programa de Activación para el Empleo Local
del Ayuntamiento de Villa del Campo, cuya aprobación inicial fue publicada en el Boletín Oficial
de la Provincial de Cáceres núm. 0056 de fecha 22 de marzo de 2023, transcurrido el plazo de
exposición no se han presentado reclamaciones al mismo, por lo que se ha de considerar
definitivamente aprobado.
1. Introducción.
Dentro de sus limitaciones y posibilidades, el Ayuntamiento del Municipio de Villa del Campo
procura dar respuesta a las necesidades del conjunto del sistema productivo, teniendo en
cuenta tanto a las empresas como a los/as trabajadores/as, prestando especial atención a las
personas trabajadoras desempleadas.
El Programa de activación para el empleo local que se promueve, en función del diagnóstico de
situación del grupo de población que actualmente se encuentra buscando activamente un
empleo dentro de este municipio, contiene propuestas que pretenden ajustarse a la realidad
actual de estas personas.
Para ello, incorpora acciones dirigidas a poner en marcha una política local integral de
empleabilidad, con la pretensión, entre otros fines, de aportar experiencia laboral a aquellos
sectores de población desempleada que tienen mayores dificultades de acceso al mercado de
trabajo.
En los términos señalados por la Carta Europea de Autonomía Local, hecha en Estrasburgo el
15 de octubre de 1985, en relación a alcance de la autonomía local, las Entidades locales
tienen, dentro del ámbito de la Ley, libertad plena para ejercer su iniciativa en toda materia que
no esté excluida de su competencia o atribuida a otra autoridad.
En este sentido, en función de lo dispuesto en el artículo 25 de la Ley 7/1985, de 2 de julio,
Reguladora de las Bases de Régimen Local -– en adelante LRBRL, el Municipio, para la gestión
CVE:
BOP-2023-3491
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 1 de junio de 2023
N.º 0102
Pág. 17836
Ayuntamientos
Ayuntamiento de Villa del Campo
ANUNCIO. Aprobación definitiva Plan Activación para Empleo Local.
El Ayuntamiento de Villa del Campo, en sesión ordinaria del Pleno municipal, celebrado en
fecha 15 de marzo de 2023, aprobó inicialmente Programa de Activación para el Empleo Local
del Ayuntamiento de Villa del Campo, cuya aprobación inicial fue publicada en el Boletín Oficial
de la Provincial de Cáceres núm. 0056 de fecha 22 de marzo de 2023, transcurrido el plazo de
exposición no se han presentado reclamaciones al mismo, por lo que se ha de considerar
definitivamente aprobado.
1. Introducción.
Dentro de sus limitaciones y posibilidades, el Ayuntamiento del Municipio de Villa del Campo
procura dar respuesta a las necesidades del conjunto del sistema productivo, teniendo en
cuenta tanto a las empresas como a los/as trabajadores/as, prestando especial atención a las
personas trabajadoras desempleadas.
El Programa de activación para el empleo local que se promueve, en función del diagnóstico de
situación del grupo de población que actualmente se encuentra buscando activamente un
empleo dentro de este municipio, contiene propuestas que pretenden ajustarse a la realidad
actual de estas personas.
Para ello, incorpora acciones dirigidas a poner en marcha una política local integral de
empleabilidad, con la pretensión, entre otros fines, de aportar experiencia laboral a aquellos
sectores de población desempleada que tienen mayores dificultades de acceso al mercado de
trabajo.
En los términos señalados por la Carta Europea de Autonomía Local, hecha en Estrasburgo el
15 de octubre de 1985, en relación a alcance de la autonomía local, las Entidades locales
tienen, dentro del ámbito de la Ley, libertad plena para ejercer su iniciativa en toda materia que
no esté excluida de su competencia o atribuida a otra autoridad.
En este sentido, en función de lo dispuesto en el artículo 25 de la Ley 7/1985, de 2 de julio,
Reguladora de las Bases de Régimen Local -– en adelante LRBRL, el Municipio, para la gestión
CVE:
BOP-2023-3491
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 1 de junio de 2023
N.º 0102
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