Sección I - Administración Local. Provincia. Diputación Provincial de Cáceres. (BOP-2023-3464)
BOP-2023-3464 Bolsa de empleo temporal de Veterinarios/as. Convocatoria.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Quienes deseen participar en estas pruebas selectivas deberán hacerlo constar cumplimentando
el formulario de inscripción al que se accederá exclusivamente a través del anuncio de la
correspondiente convocatoria en la página web https://empleo.dip-caceres.es/
Una vez cumplimentada vía internet, se generará la solicitud, se firmará electrónicamente y se
procederá a su tramitáción final digirida a la unidad DIR3 PERSONAL LA0002659 en el plazo de
15 dias hábiles contados a partir de la publicación del anuncio de esta convocatoria en el Boletín
Oficial de la Provincia de Cáceres.
La no presentación de las solicitudes de participación conforme a lo indicado anteriormente en
tiempo y forma supondrá la inadmisión del aspirante al proceso selectivo, conforme lo regulado en
los artículos 4 y 5 del Reglamento de actuación y funcionamiento por medios electrónicos de la
Diputación de Cáceres.
Los méritos se relacionarán en el anexo a la solicitud establecido al efecto por la Diputación
Provincial de Cáceres, debiendo aportar copia de los documentos acreditativos de los
méritos relacionados en la solicitud de participación, sin necesidad de compulsa de los
documentos que se presenten fotocopiados, bastando la declaración jurada del interesado sobre
la autenticidad de los mismos, sin perjuicio de que, en cualquier momento, el Tribunal Calificador o
los órganos competentes de la Diputación Provincial de Cáceres puedan requerir a los aspirantes
que acrediten la veracidad de las circunstancias y documentos aportados y que hayan sido objeto
de valoración. Se iniciará expediente de comprobación acerca del cumplimiento de dichos
requisitos por los/as aspirantes, con trámite de audiencia al interesado/a. El órgano convocante
resolverá de forma motivada lo que proceda.
En la fase de concurso, el Tribunal podrá recabar de los/as interesados/as las aclaraciones o, en
su caso, la documentación complementaria que se estime necesaria para la comprobación de los
méritos alegados, pudiendo expulsar del proceso selectivo a aquellos que falseen o modifiquen
dicha documentación aportada.
En ningún caso se valorarán méritos no alegados en la solicitud o no acreditados
documentalmente.
Los errores de hecho, materiales o aritméticos, que pudieran advertirse en la solicitud
podrán subsanarse en cualquier momento de oficio o a petición del interesado/a.
CUARTA. Admisión de aspirantes.
4.1. Para ser admitido al proceso selectivo bastará con que los/las aspirantes manifiesten en sus
solicitudes que reúnen todos y cada uno de los requisitos exigidos en la base segunda, referidos a
la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias. El cumplimiento de estos
requisitos será acreditado mediante la presentación de los documentos correspondientes en la
forma prevista en la Base Décima.
4.2. Terminado el plazo de presentación de instancias, la Presidencia de la Corporación dictará
resolución declarando aprobada la lista provisional de los/as aspirantes admitidos/as y
excluidos/as, en el plazo máximo de dos meses. Este plazo podrá ser prorrogado por una sola
vez, por causas justificadas y previa resolución motivada.
La Resolución, que deberá publicarse en el Boletín Oficial de la Provincia y en el Tablón
Electrónico de Anuncios, contendrá como anexo único, la relación nominal de aspirantes excluidos
con su correspondiente documento nacional de identidad o análogo para los de nacionalidad
extranjera e indicación de las causas de inadmisión. Asimismo, en esta Resolución se indicarán la
página web y los lugares en que se encuentren expuestas al público las listas certificadas
completas de aspirantes admitidos y excluidos.
CVE:
BOP-2023-3464
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 1 de junio de 2023
N.º 0102
Pág. 17730
el formulario de inscripción al que se accederá exclusivamente a través del anuncio de la
correspondiente convocatoria en la página web https://empleo.dip-caceres.es/
Una vez cumplimentada vía internet, se generará la solicitud, se firmará electrónicamente y se
procederá a su tramitáción final digirida a la unidad DIR3 PERSONAL LA0002659 en el plazo de
15 dias hábiles contados a partir de la publicación del anuncio de esta convocatoria en el Boletín
Oficial de la Provincia de Cáceres.
La no presentación de las solicitudes de participación conforme a lo indicado anteriormente en
tiempo y forma supondrá la inadmisión del aspirante al proceso selectivo, conforme lo regulado en
los artículos 4 y 5 del Reglamento de actuación y funcionamiento por medios electrónicos de la
Diputación de Cáceres.
Los méritos se relacionarán en el anexo a la solicitud establecido al efecto por la Diputación
Provincial de Cáceres, debiendo aportar copia de los documentos acreditativos de los
méritos relacionados en la solicitud de participación, sin necesidad de compulsa de los
documentos que se presenten fotocopiados, bastando la declaración jurada del interesado sobre
la autenticidad de los mismos, sin perjuicio de que, en cualquier momento, el Tribunal Calificador o
los órganos competentes de la Diputación Provincial de Cáceres puedan requerir a los aspirantes
que acrediten la veracidad de las circunstancias y documentos aportados y que hayan sido objeto
de valoración. Se iniciará expediente de comprobación acerca del cumplimiento de dichos
requisitos por los/as aspirantes, con trámite de audiencia al interesado/a. El órgano convocante
resolverá de forma motivada lo que proceda.
En la fase de concurso, el Tribunal podrá recabar de los/as interesados/as las aclaraciones o, en
su caso, la documentación complementaria que se estime necesaria para la comprobación de los
méritos alegados, pudiendo expulsar del proceso selectivo a aquellos que falseen o modifiquen
dicha documentación aportada.
En ningún caso se valorarán méritos no alegados en la solicitud o no acreditados
documentalmente.
Los errores de hecho, materiales o aritméticos, que pudieran advertirse en la solicitud
podrán subsanarse en cualquier momento de oficio o a petición del interesado/a.
CUARTA. Admisión de aspirantes.
4.1. Para ser admitido al proceso selectivo bastará con que los/las aspirantes manifiesten en sus
solicitudes que reúnen todos y cada uno de los requisitos exigidos en la base segunda, referidos a
la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias. El cumplimiento de estos
requisitos será acreditado mediante la presentación de los documentos correspondientes en la
forma prevista en la Base Décima.
4.2. Terminado el plazo de presentación de instancias, la Presidencia de la Corporación dictará
resolución declarando aprobada la lista provisional de los/as aspirantes admitidos/as y
excluidos/as, en el plazo máximo de dos meses. Este plazo podrá ser prorrogado por una sola
vez, por causas justificadas y previa resolución motivada.
La Resolución, que deberá publicarse en el Boletín Oficial de la Provincia y en el Tablón
Electrónico de Anuncios, contendrá como anexo único, la relación nominal de aspirantes excluidos
con su correspondiente documento nacional de identidad o análogo para los de nacionalidad
extranjera e indicación de las causas de inadmisión. Asimismo, en esta Resolución se indicarán la
página web y los lugares en que se encuentren expuestas al público las listas certificadas
completas de aspirantes admitidos y excluidos.
CVE:
BOP-2023-3464
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 1 de junio de 2023
N.º 0102
Pág. 17730