Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Santa Marta de Magasca. (BOP-2023-3333)
BOP-2023-3333 Licitación arrendamiento de bienes patrimoniales en la Dehesa Boyal.
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Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Para la valoración de las proposiciones y la determinación de la mejor oferta se atenderá a
varios criterios de adjudicación.
CLÁUSULA TERCERA.
El Perfil de Contratante Con el fin de asegurar la transparencia y el acceso público a la
información relativa a su actividad contractual, y sin perjuicio de la utilización de otros medios
de publicidad, este Ayuntamiento cuenta con el Perfil de contratante al que tendrá acceso
según las especificaciones que se regulan en la página web siguiente:
sedeelectronica.santamartademagasca.es
CLÁUSULA CUARTA.
Presupuesto Base de Licitación El presupuesto base de licitación es el de ocho mil euros
anuales . Que podrá ser mejorado al alza, se puntuará hasta 6 puntos la mayor licitación.
Los criterios para la baremación del concurso hasta 4 puntos en atención a los siguientes
apartados: Propuesta de mejoras en la finca relacionadas con el sistema de suministro de agua
al ganado que sean valoradas económicamente
CLÁUSULA QUINTA.
Acreditación de la Aptitud para Contratar Podrán presentar ofertas las personas naturales o
jurídicas, españolas o extranjeras, que tengan plena capacidad de obrar y no estén incursas en
prohibiciones para contratar.
La capacidad de obrar se acreditará:
En cuanto a personas físicas, mediante la fotocopia compulsada del documento
nacional de identidad.
En cuanto a personas jurídicas, mediante la fotocopia compulsada del CIF y la escritura
o documento de constitución, los estatutos o el acto fundacional, en los que consten las
normas por las que se regula su actividad, debidamente inscritos, en su caso, en el
Registro público que corresponda, según el tipo de persona jurídica de que se trate.
La prueba, por parte de los/as empresarios/as, de la no concurrencia de alguna de las
prohibiciones para contratar, podrá realizarse mediante testimonio judicial o certificación
administrativa, según los casos. Cuando dicho documento no pueda ser expedido por la
autoridad competente, podrá ser sustituido por una declaración responsable otorgada
ante una autoridad administrativa, notario público u organismo profesional cualificado].
CVE:
BOP-2023-3333
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 25 de mayo de 2023
N.º 0098
Pág. 16976
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Para la valoración de las proposiciones y la determinación de la mejor oferta se atenderá a
varios criterios de adjudicación.
CLÁUSULA TERCERA.
El Perfil de Contratante Con el fin de asegurar la transparencia y el acceso público a la
información relativa a su actividad contractual, y sin perjuicio de la utilización de otros medios
de publicidad, este Ayuntamiento cuenta con el Perfil de contratante al que tendrá acceso
según las especificaciones que se regulan en la página web siguiente:
sedeelectronica.santamartademagasca.es
CLÁUSULA CUARTA.
Presupuesto Base de Licitación El presupuesto base de licitación es el de ocho mil euros
anuales . Que podrá ser mejorado al alza, se puntuará hasta 6 puntos la mayor licitación.
Los criterios para la baremación del concurso hasta 4 puntos en atención a los siguientes
apartados: Propuesta de mejoras en la finca relacionadas con el sistema de suministro de agua
al ganado que sean valoradas económicamente
CLÁUSULA QUINTA.
Acreditación de la Aptitud para Contratar Podrán presentar ofertas las personas naturales o
jurídicas, españolas o extranjeras, que tengan plena capacidad de obrar y no estén incursas en
prohibiciones para contratar.
La capacidad de obrar se acreditará:
En cuanto a personas físicas, mediante la fotocopia compulsada del documento
nacional de identidad.
En cuanto a personas jurídicas, mediante la fotocopia compulsada del CIF y la escritura
o documento de constitución, los estatutos o el acto fundacional, en los que consten las
normas por las que se regula su actividad, debidamente inscritos, en su caso, en el
Registro público que corresponda, según el tipo de persona jurídica de que se trate.
La prueba, por parte de los/as empresarios/as, de la no concurrencia de alguna de las
prohibiciones para contratar, podrá realizarse mediante testimonio judicial o certificación
administrativa, según los casos. Cuando dicho documento no pueda ser expedido por la
autoridad competente, podrá ser sustituido por una declaración responsable otorgada
ante una autoridad administrativa, notario público u organismo profesional cualificado].
CVE:
BOP-2023-3333
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 25 de mayo de 2023
N.º 0098
Pág. 16976