Sección I - Administración Local. Mancomunidades. Mancomunidad Integral de Municipios Valle del Jerte. (BOP-2023-3312)
BOP-2023-3312 Convocatoria y bases selección por concurso - oposición libre de una de Dinamizador/a Deportivo/a en régimen de personal laboral fijo.
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MANCOMUNIDAD INTEGRAL VALLE DEL JERTE
Paraje Virgen de Peñas Albas s/n 10.610 Cabezuela del Valle (Cáceres) CIF: P1000027A Tlf. 927.47.21.34
General de Ingreso del Personal al servicio de la Administración de la Comunidad Autónoma de
Extremadura; RD 364/1.995 de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de ingreso
del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y
Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración del Estado; Ley 13/2015, de 8
de abril, de la Función Pública de Extremadura; R.D. 896/ 1.991 de 7 de junio, por el que se establecen
las reglas básicas y los programas mínimos a que debe ajustarse el procedimiento de selección de los
funcionarios de Administración Local; Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se
aprueba el texto refundido de la ley del Estatuto de los Trabajadores; Ley 53/1984, de 26 de diciembre,
de Incompatibilidades del Personal al servicio de las Administraciones Públicas; Real Decreto
2271/2004, de 3 de diciembre, por el que se regula el acceso al empleo público y la revisión de puestos
de trabajo de las personas con discapacidad; Real Decreto 462/2002, de 24 mayo, sobre
indemnizaciones por razón del servicio y demás legislación aplicable, así como las normas de esta
convocatoria.
1.5.- Régimen de incompatibilidad.
Estará, además, sujeto a lo dispuesto en la Ley 53/84, de 26 de diciembre, de
Incompatibilidades del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas.
1.6.- Características del puesto.
Denominación: DINAMIZADOR/A DEPORTIVO/A
Número de plazas: 1
Naturaleza: Laboral Indefinido
Modalidad contractual: Fijo
Grupo: A Subgrupo: A2
Se establece un periodo de prueba de 6 meses de acuerdo con lo dispuesto en el art. 14 E.
Trabajadores.
Dicho contrato está vinculado a la subvención concedida a la Mancomunidad Integral del
Valle del Jerte a través de la RESOLUCIÓN de 24 de junio de 2022, de la Secretaría General, por la que
se efectúa la convocatoria de las ayudas del Programa de Dinamización Deportiva de Extremadura para
el periodo 2022/2025 (D.O.E. nº 130, de 7 de julio de 2022) y sus posibles prórrogas.
La jornada laboral será completa, establecida prioritariamente de lunes a viernes, siendo
susceptible de modificaciones por parte del órgano administrativo competente para la adaptación a las
demandas o necesidades que requiera el servicio.
Desplazamientos: Los desplazamientos necesarios para el desempeño del puesto de trabajo
se realizarán en vehículo propio con derecho a la percepción del “kilometraje” correspondiente,
1.7.- Lista de Espera
Así mismo, es objeto de esta convocatoria la formación de una LISTA DE ESPERA con el
alcance y efectos que se recogen en la base OCTAVA
SEGUNDA: REQUISITOS DE LAS PERSONAS ASPIRANTES.
Para tomar parte en estas pruebas selectivas, será necesario reunir, en la fecha de
expiración del plazo señalado en la base tercera para la presentación de instancias, durante el
desarrollo del proceso selectivo y mantener hasta el momento de la firma del contrato, los siguientes
requisitos:
a) Tener nacionalidad española o la de cualquier otro Estado miembro de la Unión Europea, o nacional
de algún Estado en el que en virtud de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y
ratificados por España sea de aplicación la libre circulación de trabajadores/as.
También podrán participar, cualquiera que sea su nacionalidad, el/la cónyuge de los/las españoles/as
y de los/as nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea, siempre que no estén
separados/as de derecho y sus descendientes y los/as de su cónyuge siempre que no estén separados/as
de derecho, sean menores de 21 años o mayores de dicha edad dependientes.
Así como las personas extranjeras con residencia legal en España.
b) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.
c) Tener cumplidos 16 años de edad y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.
Cód.
Validación:
5HM9SW3FP6HNMGRG4S35DDW6Z
Verificación:
https://valledeljerte.sedelectronica.es/
Documento
firmado
electrónicamente
desde
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Miércoles, 24 de mayo de 2023
N.º 0097
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