Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Montánchez. (BOP-2023-3308)
BOP-2023-3308 Anuncio de firma convenio de ADHESIÓN del Ayuntamiento de Montánchez, al Consorcio para la Gestión de Servicios Medioambientales MEDIOAMBIENTE Y AGUAS PROVINCIA DE CÁCERES-MÁSMEDIO.
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Artículo 9. Reglamentación.
Mediante las oportunas disposiciones de carácter reglamentario, el consorcio regulará el
régimen interno y de funcionamiento de sus propios servicios.
CAPÍTULO II: ORGANIZACIÓN Y RÉGIMEN JURÍDICO
Artículo 10. Estructura organizativa.
1.- La estructura organizativa del consorcio estará constituida por:
a) Presidencia del consorcio.
b) Vicepresidencia.
c) Junta General.
d) Consejo de Administración.
2.- Las resoluciones de dichos órganos serán impugnables en vía administrativa y
jurisdiccional, de acuerdo con lo previsto en la legislación de régimen local y general.
Artículo 11. Presidente/a.
1.- La Presidencia la ostentará la Presidencia de la Excma. Diputación de Cáceres, que
asumirá las competencias que determinan los presentes estatutos.
2.- Corresponde a la Presidencia ejercer las siguientes funciones:
a) Convocar, presidir suspender y levantar, así como dirigir las sesiones de la Junta
General y decidir los empates con el voto de calidad.
b) Representar al consorcio judicial y administrativamente.
c) Supervisar los servicios y actividades del consorcio.
d) También ejercerá cuantas funciones le sean encomendadas expresamente por la
Junta General y podrá delegar en el vicepresidente cuantas atribuciones propias estime
conveniente para la buena gestión del consorcio.
e) El ejercicio de acciones administrativas y jurisdiccionales y la defensa de los
procedimientos dirigidos contra el consorcio.
CVE:
BOP-2023-3308
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 24 de mayo de 2023
N.º 0097
Pág. 16825
Mediante las oportunas disposiciones de carácter reglamentario, el consorcio regulará el
régimen interno y de funcionamiento de sus propios servicios.
CAPÍTULO II: ORGANIZACIÓN Y RÉGIMEN JURÍDICO
Artículo 10. Estructura organizativa.
1.- La estructura organizativa del consorcio estará constituida por:
a) Presidencia del consorcio.
b) Vicepresidencia.
c) Junta General.
d) Consejo de Administración.
2.- Las resoluciones de dichos órganos serán impugnables en vía administrativa y
jurisdiccional, de acuerdo con lo previsto en la legislación de régimen local y general.
Artículo 11. Presidente/a.
1.- La Presidencia la ostentará la Presidencia de la Excma. Diputación de Cáceres, que
asumirá las competencias que determinan los presentes estatutos.
2.- Corresponde a la Presidencia ejercer las siguientes funciones:
a) Convocar, presidir suspender y levantar, así como dirigir las sesiones de la Junta
General y decidir los empates con el voto de calidad.
b) Representar al consorcio judicial y administrativamente.
c) Supervisar los servicios y actividades del consorcio.
d) También ejercerá cuantas funciones le sean encomendadas expresamente por la
Junta General y podrá delegar en el vicepresidente cuantas atribuciones propias estime
conveniente para la buena gestión del consorcio.
e) El ejercicio de acciones administrativas y jurisdiccionales y la defensa de los
procedimientos dirigidos contra el consorcio.
CVE:
BOP-2023-3308
Verificable
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N.º 0097
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