Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Cáceres. (BOP-2023-3256)
BOP-2023-3256 Aprobación Plan Estratégico de Subvenciones del IMD ejercicio 2023.
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3.3.- Mejorar y racionalizar la gestión municipal de las subvenciones.
3.4.- Regular, con carácter general, del régimen a que ha de ajustarse la
concesión y justificación de las subvenciones a tramitar por el Instituto
Municipal de Deportes.
Los objetivos particulares de cada línea de ayuda o subvención para 2023 se recogen
en el documento anexo al presente, denominado “Anexo líneas estratégicas de actuación”.
ARTÍCULO 4. PRINCIPIOS GENERALES
Son principios generales de este plan los siguientes:
4.1.- Principio de publicidad y transparencia: Este principio se materializa
en la convocatoria previa en la que se garantice la objetividad,
transparencia, publicidad, concurrencia e igualdad en la distribución de
fondos públicos, ello sin perjuicio de la posible concesión directa, de
conformidad con lo establecido al respecto en la Ley 38/2003, de 17 de
noviembre, General de Subvenciones, en las Bases de Ejecución del
presupuesto del Ayuntamiento de Cáceres y demás normativa de aplicación.
Este principio también se materializa en la publicidad de las subvenciones
concedidas, en los términos previstos en el artículo 18 de la Ley 38/2003, de
17 de noviembre, General de Subvenciones.
4.2.- Principio de libre concurrencia, igualdad y no discriminación: Este
principio se materializa en la determinación de los requisitos que deben
cumplir los beneficiarios, al objeto de la plena satisfacción del interés
general.
4.3.- Principio de objetividad: La concesión de subvenciones se realizará
conforme a criterios objetivos, previamente establecidos en la convocatoria
a fin de garantizar el conocimiento previo de los mismos por los potenciales
beneficiarios.
4.4.- Principios de eficacia y eficiencia: Eficacia en el cumplimiento de los
objetivos marcados y eficiencia en la asignación de recursos públicos,
debiéndose justificar cuantitativa y cualitativamente.
4.5.- Principio de estabilidad y de regla de gasto: La concesión de
subvenciones se ajustará al principio de estabilidad y a la regla de gasto, en
los términos previstos en la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de
Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera.
4.6. Principio de control y análisis de la adecuación de los fines de las
entidades solicitantes a los principios de igualdad y no discriminación en el
ejercicio de las actividades subvencionadas.
CVE:
BOP-2023-3256
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 23 de mayo de 2023
N.º 0096
Pág. 16685
3.4.- Regular, con carácter general, del régimen a que ha de ajustarse la
concesión y justificación de las subvenciones a tramitar por el Instituto
Municipal de Deportes.
Los objetivos particulares de cada línea de ayuda o subvención para 2023 se recogen
en el documento anexo al presente, denominado “Anexo líneas estratégicas de actuación”.
ARTÍCULO 4. PRINCIPIOS GENERALES
Son principios generales de este plan los siguientes:
4.1.- Principio de publicidad y transparencia: Este principio se materializa
en la convocatoria previa en la que se garantice la objetividad,
transparencia, publicidad, concurrencia e igualdad en la distribución de
fondos públicos, ello sin perjuicio de la posible concesión directa, de
conformidad con lo establecido al respecto en la Ley 38/2003, de 17 de
noviembre, General de Subvenciones, en las Bases de Ejecución del
presupuesto del Ayuntamiento de Cáceres y demás normativa de aplicación.
Este principio también se materializa en la publicidad de las subvenciones
concedidas, en los términos previstos en el artículo 18 de la Ley 38/2003, de
17 de noviembre, General de Subvenciones.
4.2.- Principio de libre concurrencia, igualdad y no discriminación: Este
principio se materializa en la determinación de los requisitos que deben
cumplir los beneficiarios, al objeto de la plena satisfacción del interés
general.
4.3.- Principio de objetividad: La concesión de subvenciones se realizará
conforme a criterios objetivos, previamente establecidos en la convocatoria
a fin de garantizar el conocimiento previo de los mismos por los potenciales
beneficiarios.
4.4.- Principios de eficacia y eficiencia: Eficacia en el cumplimiento de los
objetivos marcados y eficiencia en la asignación de recursos públicos,
debiéndose justificar cuantitativa y cualitativamente.
4.5.- Principio de estabilidad y de regla de gasto: La concesión de
subvenciones se ajustará al principio de estabilidad y a la regla de gasto, en
los términos previstos en la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de
Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera.
4.6. Principio de control y análisis de la adecuación de los fines de las
entidades solicitantes a los principios de igualdad y no discriminación en el
ejercicio de las actividades subvencionadas.
CVE:
BOP-2023-3256
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 23 de mayo de 2023
N.º 0096
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