Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Cáceres. (BOP-2023-3256)
BOP-2023-3256 Aprobación Plan Estratégico de Subvenciones del IMD ejercicio 2023.
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PREÁMBULO
Según la Exposición de Motivos de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de
Subvenciones, una parte importante de la actividad financiera del sector público se
canaliza a través de subvenciones, con el objeto de dar respuesta, con medidas de apoyo
financiero, a demandas sociales y económicas de personas y entidades públicas o privadas.
Desde la perspectiva económica, las subvenciones son una modalidad importante de
gasto público y, por tanto, deben ajustarse a las directrices de la política presupuestaria,
actualmente orientada por los criterios de estabilidad presupuestaria y crecimiento económico.
Ley General de Subvenciones supone un paso más en el proceso de
racionalización de nuestro sistema económico incardinándose en el conjunto de medidas y
reformas que se han venido instrumentando con esta finalidad.
Uno de los principios que rigen esta ley, recogido también en la normativa de
estabilidad presupuestaria, es el de transparencia. Con este objeto las Administraciones
deberán hacer públicas las subvenciones que concedan, y, a la vez, la ley establece la
obligación de formar una base de datos de ámbito nacional que contenga información
relevante sobre todas las subvenciones concedidas. Esta mayor transparencia redunda de
forma directa en un incremento de los niveles de eficiencia y eficacia en la gestión del gasto
público subvencional.
En esta línea de mejora de la eficacia, la Ley 38/2003 establece, como
elemento de gestión e instrumento de dicha mejora, la necesidad de elaborar en cada
Administración Pública un plan estratégico de subvenciones que permita relacionar los
objetivos a alcanzar y los efectos que se pretenden conseguir, con los costes previstos y su
financiación, con objeto de adecuar las necesidades públicas a cubrir mediante las
subvenciones, con los recursos disponibles, y todo ello con carácter previo a la concesión.
Además, la ley plantea un sistema de seguimiento a través del control y
evaluación de objetivos, que debe permitir que aquellas líneas de subvenciones que no
alcancen el nivel de consecución de objetivos deseado o que resulte adecuado al nivel de
recursos invertidos, puedan ser modificadas o sustituidas por otras más eficaces y eficientes, o,
en su caso, eliminadas.
Desde la perspectiva administrativa, las subvenciones son una técnica de fomento de
determinados comportamientos considerados de interés general e incluso un
procedimiento de colaboración entre la Administración pública y los particulares para la
gestión de actividades de interés público.
Existe una gran diversidad de subvenciones de distinta naturaleza, que se conceden
mediante procedimientos complejos, y, por lo tanto, deben ser objeto de un seguimiento y
control eficaces.
CVE:
BOP-2023-3256
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 23 de mayo de 2023
N.º 0096
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