Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Casar de Cáceres. (BOP-2023-3220)
BOP-2023-3220 EXTRACTO. Convocatoria subvenciones a Asociaciones Locales de Casar de Cáceres para actividades realizadas en ejercicio 2023.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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colaboración con otras asociaciones o entidades. Programaciones para actuaciones
encaminadas a los fines descritos dentro de la localidad.
Tercero. Bases reguladoras.
Las Bases reguladoras son las aprobadas específicamente para esta convocatoria.
Cuarto. Cuantía de la ayuda.
Los créditos presupuestarios a los que se imputa la subvención son los siguientes 1300-48003,
y la cuantía total máxima de las subvenciones convocadas es de 5.000,00 euros.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.
Las solicitudes se formularán en el modelo que figura como Anexo de esta convocatoria. Se
dirigirán al Alcalde del Ayuntamiento, y se presentarán en el Registro de entrada del
Ayuntamiento o por cualquiera de los medios señalados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015,
de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en
el plazo veinte días hábiles desde la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín
Oficial de la Provincia, tal y como se recoge el artículo 6.2 delReal Decreto 130/2019, de 8 de
marzo, por el que se regula la Base de Datos Nacional de Subvenciones y la publicidad de las
subvenciones y demás ayudas públicas.
Sexto. Otros datos.
A las solicitudes deberá a adjuntarse la documentación siguiente:
—Documentos que acrediten la personalidad del/a solicitante y, en su caso, la
representación de quien firme la solicitud (copia de la Escritura de constitución o
modificación, copia del Acta fundacional y Estatutos, copia del DNI, etc.), salvo que
dicha documentación obre en Registro Municipal de Asociaciones Locales.
—Declaración responsable de que en el/a solicitante no concurre ninguna de las
circunstancias que impidan obtener la condición de beneficiario/a de subvenciones
públicas, establecidas en el artículo 13 de la Ley General de Subvenciones.
—Certificado del órgano competente de la Asociación del número de socios/as
actualizado.
—Programa detallado de las actividades a realizar y para las cuales se solicita la
subvención, que se ejecutarán entre Mayo de 2022 a septiembre de 2023.
CVE:
BOP-2023-3220
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 19 de mayo de 2023
N.º 0094
Pág. 16433
encaminadas a los fines descritos dentro de la localidad.
Tercero. Bases reguladoras.
Las Bases reguladoras son las aprobadas específicamente para esta convocatoria.
Cuarto. Cuantía de la ayuda.
Los créditos presupuestarios a los que se imputa la subvención son los siguientes 1300-48003,
y la cuantía total máxima de las subvenciones convocadas es de 5.000,00 euros.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.
Las solicitudes se formularán en el modelo que figura como Anexo de esta convocatoria. Se
dirigirán al Alcalde del Ayuntamiento, y se presentarán en el Registro de entrada del
Ayuntamiento o por cualquiera de los medios señalados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015,
de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en
el plazo veinte días hábiles desde la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín
Oficial de la Provincia, tal y como se recoge el artículo 6.2 delReal Decreto 130/2019, de 8 de
marzo, por el que se regula la Base de Datos Nacional de Subvenciones y la publicidad de las
subvenciones y demás ayudas públicas.
Sexto. Otros datos.
A las solicitudes deberá a adjuntarse la documentación siguiente:
—Documentos que acrediten la personalidad del/a solicitante y, en su caso, la
representación de quien firme la solicitud (copia de la Escritura de constitución o
modificación, copia del Acta fundacional y Estatutos, copia del DNI, etc.), salvo que
dicha documentación obre en Registro Municipal de Asociaciones Locales.
—Declaración responsable de que en el/a solicitante no concurre ninguna de las
circunstancias que impidan obtener la condición de beneficiario/a de subvenciones
públicas, establecidas en el artículo 13 de la Ley General de Subvenciones.
—Certificado del órgano competente de la Asociación del número de socios/as
actualizado.
—Programa detallado de las actividades a realizar y para las cuales se solicita la
subvención, que se ejecutarán entre Mayo de 2022 a septiembre de 2023.
CVE:
BOP-2023-3220
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 19 de mayo de 2023
N.º 0094
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