Sección I - Administración Local. Provincia. Diputación Provincial de Cáceres. (BOP-2023-3157)
BOP-2023-3157 Bases reguladoras y convocatoria de subvenciones II Fase Red Provincial de Circular FAB.
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En la BASE CUARTA. BENEFICIARIOS/AS: REQUISITOS. CARACTERÍSTICAS DEL
CENTRO. OBLIGACIONES:
Donde pone:
e) “Que exista un Instituto de Educación Secundaria (I.E.S.) público en la localidad de la
entidad solicitante”.
Debe poner:
e) “Que exista un Instituto de Educación Secundaria Obligatoria (I.E.S.O) público en la
localidad de la entidad solicitante”.
De conformidad con lo establecido en el art.9.3 de la Ley 38/2003 de 17 de noviembre, General
de Subvenciones, se procede de nuevo a la publicación de las bases de la convocatoria,
rectificando los errores materiales advertidos.
La publicación de la presente corrección de errores no supone la apertura de un nuevo
plazo de presentación de solicitudes.
Contra el acuerdo de aprobación de la presente convocatoria, que pone fin a la vía
administrativa, podrá interponerse potestativamente recurso de reposición, ante el órgano que
la ha dictado, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a la publicación o,
directamente, recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-
Administrativo de Cáceres, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la
mencionada publicación. Si se optara por interponer recurso de reposición, potestativo, no
podrá interponerse recurso contencioso administrativo, hasta que aquel haya sido resuelto
expresamente o haya sido desestimado por silencio administrativo.
Cáceres, 16 de mayo de 2023
José Álvaro Casas Avilés
SECRETARIO DE LA DIPUTACIÓN DE CÁCERES
CVE:
BOP-2023-3157
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 17 de mayo de 2023
N.º 0092
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