Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Villanueva de la Vera. (BOP-2023-3150)
BOP-2023-3150 Arrendamiento Bar-Kiosco "La Cerradilla".
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Ayuntamiento de Villanueva de la Vera
servidores formalización del contrato una declaración en la que ponga
de manifiesto dónde van a estar ubicados los servidores y
desde dónde se van a prestar los servicios asociados a los
mismos
Modificaciones
en la
declaración
El contratista debe comunicar cualquier cambio que se
produzca, a lo largo de la vida del contrato, de la
información facilitada en la Declaración sobre la ubicación
de los servidores
Subcontratación Los licitadores deben indicar en su oferta si tienen previsto
subcontratar los servidores o los servicios asociados a los
mismos, el nombre o el perfil empresarial definido por
referencia a las condiciones de solvencia profesional o
técnica, de los subcontratistas a los que se vaya a
encomendar su realización
21.2 Tratamiento de Datos
En cumplimiento de lo dispuesto en la Ley Orgánica de Protección de Datos de
Carácter Personal y en el Reglamento general de protección de datos, los
licitadores quedan informados de que los datos de carácter personales que, en su
caso, sean recogidos a través de la presentación de su oferta y demás
documentación necesaria para proceder a la contratación serán tratados por este
Ayuntamiento con la finalidad de garantizar el adecuado mantenimiento,
cumplimiento y control del desarrollo del contrato.
CLÁUSULA VIGÉSIMO PRIMERA. Régimen Jurídico del Contrato
Este contrato tiene carácter privado, su preparación y adjudicación se regirá por
lo establecido en este Pliego, y para lo no previsto en él, será de aplicación la Ley
33/2003, de 3 de noviembre, de Patrimonio de las Administraciones Públicas; el
Reglamento de Bienes de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto
1372/1986, de 13 de junio y la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del
Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las
Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26
de febrero de 2014; supletoriamente se aplicarán las restantes normas de
derecho administrativo y, en su defecto, las normas de derecho privado.
En cuanto a sus efectos y extinción se regirá por las Normas de Derecho privado.
El orden jurisdiccional contencioso-administrativo será el competente el
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Cód.
Validación:
6DEWCAP6HRWRAANSR7DJJWP5T
Verificación:
https://villanuevadelavera.sedelectronica.es/
Documento
firmado
electrónicamente
desde
la
plataforma
esPublico
Gestiona
|
Página
12
de
13
CVE:
BOP-2023-3150
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 16 de mayo de 2023
N.º 0091
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