Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Trujillo. (BOP-2023-3148)
BOP-2023-3148 Bases que regirán la convocatoria del proceso selectivo para la constitución de una bolsa de trabajo de Arquitecto/a Técnico/a.
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ascienden a 25 euros serán satisfechos por los aspirantes con motivo de la presentación de su
instancia, a través de la siguiente cuenta bancaria cuyo titular es el Ayuntamiento de Trujillo.
Entidad: ES5421037103940030019481, especificándose Derechos de Examen; Nombre,
Apellidos, DNI y la convocatoria y/o plaza por la que se opta. Deberá acompañarse a la
instancia de solicitud de participación en el proceso selectivo una copia del documento
justificativo del abono de los derechos de examen. En ningún caso, la mera presentación de la
acreditación del pago de la tasa supondrá la sustitución del trámite de presentación, en tiempo
y forma, de la solicitud de participación. Los derechos de examen sólo serán devueltos en el
caso de no ser admitidos al proceso selectivo.
De acuerdo con lo dispuesto en la Ordenanza Fiscal, no se concederán más exenciones y
bonificaciones que las expresamente previstas en las leyes o las derivadas de la aplicación de
los Tratados Internacionales.
SÉPTIMA. TRIBUNAL DE SELECCIÓN.
El Tribunal, que será designado por la Alcaldía-Presidencia de este Ayuntamiento, estará
compuesto por cinco miembros (Presidente, Tres Vocales y Un Secretario), designándose igual
número de suplentes, si fuera posible.
El Tribunal se ajustará a lo dispuesto en el artículo 60 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de
30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del
Empleado Público, en el que se establece que el personal de elección o de designación
política, los funcionarios interinos y el personal eventual no podrán formar parte de los órganos
de selección. El Tribunal deberá atender a criterios de profesionalidad, imparcialidad y a la
paridad entre hombres y mujeres.
Podrán asistir en calidad de observadores con voz pero sin voto, a iniciativa de cada Central
Sindical, un representante de cada una de las mismas, que ostenten representación en el
Ayuntamiento de Trujillo.
El Tribunal de Selección podrá disponer la incorporación a sus trabajos de asesores
especialistas, para la realización de la prueba. Dichos asesores se limitarán a la colaboración
que, en función de sus especialidades técnicas, les solicite el Tribunal, por lo que actuarán con
voz pero sin voto. Asimismo, podrá establecer la participación de colaboradores en tareas de
vigilancia y control de la fase de oposición.
El Tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia como mínimo de tres de sus
miembros, titulares o suplentes, siendo imprescindible la presencia del Presidente y del
Secretario; resolviendo por mayoría de votos de los miembros presentes todas las dudas que
CVE:
BOP-2023-3148
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 16 de mayo de 2023
N.º 0091
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