Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Tiétar. (BOP-2023-3141)
BOP-2023-3141 Aprobación definitiva modificación Reglamento Interno de funcionamiento del Centro de Día Municipal.
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No se permitirá la entrada en el centro de personas cuya vestimenta o limpieza no sea la
adecuada al más elemental decoro y a las normas de higiene.
ARTÍCULO 24. OTROS SERVICIOS.
En las instalaciones del centro de día se podrán prestar además los siguientes servicios de
carácter complementario:
Terapia ocupacional: Se prestará el servicio _________ días al mes.
Podólogo/a: Se prestará el servicio ________________ días al mes.
Peluquería: Se prestará el servicio ________________ días al mes.
ARTÍCULO 25. OTRAS NORMAS DE OBLIGADO CUMPLIMIENTO.
Cualquier objeto extraviado que se encuentre será entregado inmediatamente a sus
propietarios/as o en la recepción del centro para que pueda hacerse la entrega al/a
propietario/a. Está totalmente prohibido entregar propinas al personal que trabaje en el centro.
Se utilizará el alumbrado conveniente debiendo procurar el apagado de aquellas luces que no
sean necesarias para la realización de actividades o comidas.
No se utilizarán aquellas zonas comunes durante el horario de limpieza con el fin de facilitar las
tareas del personal laboral.
Se tendrá siempre respeto y consideración en el trato con el personal del centro, de la misma
manera que este personal lo tendrá con los/as usuarios/as del servicio, siendo en ambos casos
un trato amable y educado.
Se evitará en la medida de lo posible cualquier enfrentamiento con otros/as usuarios/as del
centro, poniendo en conocimiento de la Dirección del centro cualquier problema entre
usuarios/as.
En lo no previsto en este Reglamento de régimen interno se estará a lo dispuesto en la
normativa dictada Consejería de Sanidad y Políticas Sociales del Gobierno de Extremadura
aplicable a este tipo de centros.
CVE:
BOP-2023-3141
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 16 de mayo de 2023
N.º 0091
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