Sección I - Administración Local. Provincia. Diputación Provincial de Cáceres. (BOP-2023-3116)
BOP-2023-3116 Composición Comisión de Acoso Laboral (comisión de instrucción en casos de Violencia Psicológica, acoso o mobbing).
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Servicio Prevención Riesgos Laborales:
Titular: D ª Pedro Miguel Romero Berraquero
Suplente: Dª. Ana María García González
Delegados/as prevención
Titular: D. Juan Carlos Granado Macías.
Suplente: Dª. María del Pilar Perales Fernández.
SEGUNDO.- Notificar la presente resolución a los efectos oportunos, haciéndole saber que
contra la misma, que pone fin a la vía administrativa, y de conformidad con los artículos 123 y
124 de la Ley 39/2015, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas, y los artículos 8, 45 y 46 de la Ley 29/1998, Reguladora de la Jurisdicción
Contencioso-Administrativa, cabe interponer, con carácter potestativo, recurso de reposición
ante el mismo órgano que dictó el acto recurrido, en el plazo de un mes, a contar desde el día
siguiente al de la recepción de esta notificación, o bien directamente recurso contencioso-
administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo de Cáceres, dentro del plazo
de dos meses contados desde el día siguiente al de la recepción de esta notificación. En caso
de optar por el recurso potestativo de reposición no se podrá interponer el recurso contencioso-
administrativo hasta que aquél sea resuelto expresamente o se haya producido su
desestimación por silencio administrativo. Todo ello sin perjuicio de cualquier otro recurso o
acción que estime procedente.
TERCERO.- Notificar la presente resolución a los efectos oportunos, haciéndole saber que
contra la misma, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer, en el plazo de dos meses
contados desde el día siguiente al de su notificación, demanda ante el Juzgado o la Sala de lo
Social competente, de conformidad con lo establecido en el artículo 69 de la Ley 36/2011, de
10 de octubre, reguladora de la jurisdicción social o, con carácter potestativo, en los términos
comprendidos en el artículo 123 y 124 de la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Publicas, recurso de reposición ante el Órgano que la dicta, en
el plazo de un mes a partir de su notificación; todo ello sin perjuicio de la interposición de
cualquier otro que se estime oportuno.
Cáceres, 12 de mayo de 2023
Álvaro Casas Avilés
SECRETARIO
CVE:
BOP-2023-3116
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 16 de mayo de 2023
N.º 0091
Pág. 15819
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Servicio Prevención Riesgos Laborales:
Titular: D ª Pedro Miguel Romero Berraquero
Suplente: Dª. Ana María García González
Delegados/as prevención
Titular: D. Juan Carlos Granado Macías.
Suplente: Dª. María del Pilar Perales Fernández.
SEGUNDO.- Notificar la presente resolución a los efectos oportunos, haciéndole saber que
contra la misma, que pone fin a la vía administrativa, y de conformidad con los artículos 123 y
124 de la Ley 39/2015, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas, y los artículos 8, 45 y 46 de la Ley 29/1998, Reguladora de la Jurisdicción
Contencioso-Administrativa, cabe interponer, con carácter potestativo, recurso de reposición
ante el mismo órgano que dictó el acto recurrido, en el plazo de un mes, a contar desde el día
siguiente al de la recepción de esta notificación, o bien directamente recurso contencioso-
administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo de Cáceres, dentro del plazo
de dos meses contados desde el día siguiente al de la recepción de esta notificación. En caso
de optar por el recurso potestativo de reposición no se podrá interponer el recurso contencioso-
administrativo hasta que aquél sea resuelto expresamente o se haya producido su
desestimación por silencio administrativo. Todo ello sin perjuicio de cualquier otro recurso o
acción que estime procedente.
TERCERO.- Notificar la presente resolución a los efectos oportunos, haciéndole saber que
contra la misma, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer, en el plazo de dos meses
contados desde el día siguiente al de su notificación, demanda ante el Juzgado o la Sala de lo
Social competente, de conformidad con lo establecido en el artículo 69 de la Ley 36/2011, de
10 de octubre, reguladora de la jurisdicción social o, con carácter potestativo, en los términos
comprendidos en el artículo 123 y 124 de la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Publicas, recurso de reposición ante el Órgano que la dicta, en
el plazo de un mes a partir de su notificación; todo ello sin perjuicio de la interposición de
cualquier otro que se estime oportuno.
Cáceres, 12 de mayo de 2023
Álvaro Casas Avilés
SECRETARIO
CVE:
BOP-2023-3116
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 16 de mayo de 2023
N.º 0091
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