Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Salorino. (BOP-2023-3086)
BOP-2023-3086 Aprobación definitiva modificación Ordenanza reguladora de la tasa por prestación del servicio de cementerio.
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ARTÍCULO 7. Devengo.
La tasa se devengará desde el mismo momento en que se solicite la autorización o el servicio
pretendido.
ARTÍCULO 8. Normas de Gestión.
El pago de la tasa podrá hacerse efectivo en las oficinas municipales o a través de
transferencia bancaria en la cuenta que el Ayuntamiento de Salorino estime, en el plazo que se
indique.
No se tramitará ninguna solicitud sin el previo ingreso de la tasa en la Tesorería Municipal o en
las cuentas bancarias señaladas al efecto.
Toda clase de nichos o sepulturas que, por cualquier causa, queden vacantes, revierten a favor
del Ayuntamiento.
La concesión de los nichos y columbarios se realizará a demanda.
Cuando el Ayuntamiento no disponga de servicios propios, los sujetos pasivos deberán,
directamente o través de la compañía aseguradora, hacerse cargo a los servicios de
inhumación y/o exhumación, en cuyo caso no deberán satisfacer la cuota establecida en la
presente ordenanza por tales conceptos.
Todos los materiales, signos y adornos y demás efectos procedentes de los nichos y
sepulturas, vencidos y desocupados, pasarán al almacén del cementerio, el Ayuntamiento les
dará el destino oportuno en beneficio de los intereses municipales.
La Construcción de mausoleos o panteones familiares estará sujeta a la previa solicitud de
licencias urbanísticas y abono de las tasas e impuestos correspondientes.
ARTÍCULO 9. Infracciones y Sanciones.
En todo lo referente a infracciones y sanciones, será de aplicación la Ley 58/2003, de 17 de
diciembre, General Tributaria, en concreto los artículos 181 y siguientes, así como sus
disposiciones de desarrollo, según lo dispuesto en el artículo 11 el Texto Refundido de la Ley
Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5
de marzo.
CVE:
BOP-2023-3086
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 12 de mayo de 2023
N.º 0089
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