Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Salorino. (BOP-2023-3084)
BOP-2023-3084 Aprobación definitiva Ordenanza Municipal Reguladora de recogida de residuos.
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Ayuntamiento o, en su caso, el/a prestador/a del servicio.
Los/as usuarios/as de estos servicios deberán depositar los residuos de que se trate en
el lugar y en la forma que el Ayuntamiento o el/a prestador/a del servicio les hayan
indicado, respetando las fechas, horarios y otras condiciones que se hayan establecido.
Con carácter general, el servicio de recogida especial se prestará a domicilio, salvo que,
por las condiciones de localización, distancia o accesos, se establezca otro medio de
recogida.
c) Recogida mediante el depósito de los residuos por parte de los/as productores/as en
el punto limpio, fijo o móvil, de acuerdo con lo establecido en la Sección Segunda del
Capítulo 2 de este Título.
d) Recogida a través de los puntos de recogida implantados por los sistemas de
responsabilidad ampliada del/a productor/a.
e) Recogida mediante iniciativas de carácter solidario, a través de entidades de
protección social debidamente identificadas y registradas, que no supongan una
competencia al servicio municipal, previa autorización con la obligación de informar al
Ayuntamiento de las cantidades gestionadas.
Artículo 10. Información sobre separación y recogida de residuos.
1. El Ayuntamiento hará públicas las condiciones de prestación del servicio y, en especial, las
relativas a los días y horarios de depósito y recogida de las diferentes fracciones de residuos,
condiciones y puntos de entrega, así como cualquier otra que estime conveniente para el
correcto uso del servicio.
2. El Anexo de la presente Ordenanza contiene una lista ilustrativa de los residuos que deberán
depositarse en algunas de las categorías de contenedores.
Artículo 11. Sensibilización, educación e información sobre separación y recogida de residuos.
1. El Ayuntamiento promoverá la realización de campañas y otro tipo de actuaciones para la
sensibilización, educación e información en materia de recogida separada de residuos.
2. Sin perjuicio de lo indicado en el apartado anterior, el Ayuntamiento realizará igualmente
campañas, conformes con las que realicen otras Administraciones competentes, para
concienciar y sensibilizar a los/as ciudadanos/as sobre las consecuencias negativas para el
medio ambiente del consumo excesivo de bolsas de plástico de un solo uso, y otros productos
CVE:
BOP-2023-3084
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 12 de mayo de 2023
N.º 0089
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