Sección I - Administración Local. Provincia. Diputación Provincial de Cáceres. (BOP-2023-2971)
BOP-2023-2971 Bolsa de empleo temporal de Técnicos/as de Administración General (Promoción Interna).
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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RESUELVE
Primero. Rectificar error producido:
Donde dice:
Debe Decir:
Segundo. Publicar en el BOP de Cáceres la presente resolución, a fin de rectificar error
material producido.
Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, y de conformidad con los artículos
123 y 124 de la Ley 39/2015, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas y los artículos 8, 45 y 46 de la Ley 29/1998, Reguladora de la Jurisdicción
Contencioso-Administrativa, cabe interponer, con carácter potestativo, recurso de reposición
ante el mismo órgano que dictó el acto recurrido, en el plazo de un mes, a contar desde el día
siguiente al de la publicación, o bien directamente recurso contencioso - administrativo ante el
Juzgado de lo Contencioso Administrativo de Cáceres, dentro del plazo de dos meses
contados desde el día siguiente al de la publicación.
En caso de optar por el recurso potestativo de reposición no se podrá interponer el recurso
contencioso-administrativo hasta que aquél sea resuelto expresamente o se haya producido su
desestimación por silencio administrativo.
Todo ello sin perjuicio de cualquier otro recurso o acción que estime procedente.
Orden NIF Apellidos y Nombres Cuestionario Ponderada Concurso Total
1 ***0123** IBAÑEZ BARRADO, MARIA LUZ 6,125 1,837 2,140 3,977
Orden NIF Apellidos y Nombres Cuestionario Ponderada Concurso Total
1 ***0123** IBAÑEZ BARRADO, MARIA LUZ 6,375 1,912 2,140 4,052
CVE:
BOP-2023-2971
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 10 de mayo de 2023
N.º 0087
Pág. 15256
Primero. Rectificar error producido:
Donde dice:
Debe Decir:
Segundo. Publicar en el BOP de Cáceres la presente resolución, a fin de rectificar error
material producido.
Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, y de conformidad con los artículos
123 y 124 de la Ley 39/2015, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas y los artículos 8, 45 y 46 de la Ley 29/1998, Reguladora de la Jurisdicción
Contencioso-Administrativa, cabe interponer, con carácter potestativo, recurso de reposición
ante el mismo órgano que dictó el acto recurrido, en el plazo de un mes, a contar desde el día
siguiente al de la publicación, o bien directamente recurso contencioso - administrativo ante el
Juzgado de lo Contencioso Administrativo de Cáceres, dentro del plazo de dos meses
contados desde el día siguiente al de la publicación.
En caso de optar por el recurso potestativo de reposición no se podrá interponer el recurso
contencioso-administrativo hasta que aquél sea resuelto expresamente o se haya producido su
desestimación por silencio administrativo.
Todo ello sin perjuicio de cualquier otro recurso o acción que estime procedente.
Orden NIF Apellidos y Nombres Cuestionario Ponderada Concurso Total
1 ***0123** IBAÑEZ BARRADO, MARIA LUZ 6,125 1,837 2,140 3,977
Orden NIF Apellidos y Nombres Cuestionario Ponderada Concurso Total
1 ***0123** IBAÑEZ BARRADO, MARIA LUZ 6,375 1,912 2,140 4,052
CVE:
BOP-2023-2971
Verificable
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Miércoles, 10 de mayo de 2023
N.º 0087
Pág. 15256