Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Villasbuenas de Gata. (BOP-2023-2956)
BOP-2023-2956 Aprobación del plan de integridad y de medidas antifraude.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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AYUNTAMIENTO DE VILLASBUENAS DE GATA
Plaza Palacio, 1. C.P. 10858 Tlf.: 927. 67 30 78 - Fax: 927 67 30 23
Estimación incorrecta de las unidades
a las que se aplican las tarifas en la
elaboración del presupuesto.
No se han compensado las
actividades subcontratadas.
Comprobar que se dispone de un procedimiento de elaboración del
presupuesto de los encargos a medios propios que contemple la
compensación de las unidades subcontratadas, y que se aplica
correctamente.
Aplicación de IVA cuando se trata de
una operación no sujeta (artículo 7.8º
Ley del IVA).
Comprobar que se dispone de un procedimiento de elaboración del
presupuesto de los encargos a medios propios que contemple la sujeción o
no de la operación al IVA, y que se aplica correctamente.
Incumplimiento de los límites de subcontratación y limitación de concurrencia
No se ha informado al ente que
realiza el encargo de la
subcontratación realizada por el
medio propio.
Comprobar que el ente que realiza el encargo lleva a cabo un seguimiento
o control al medio propio para verificar si ha habido subcontratación, así
como para verificar si la subcontratación se ha llevado a cabo de acuerdo
con lo establecido en el artículo 32.7 de la LCSP.
Las actividades subcontratadas
superan el límite del 50% del
encargo.
Comprobar que el ente que realiza el encargo lleva a cabo un seguimiento o
control al medio propio para verificar si la subcontratación ha respectado
el límite del 50% del importe del encargo establecido en el artículo 32.7 de
la LCSP, salvo que concurran las causas excepcionales previstas en el
último párrafo de dicho artículo con las modificaciones introducidas por la
disposición final 5ª del Real Decreto-ley 36/2020.
El medio propio ha obtenido bajas
sustanciales de precio en el
procedimiento de licitación que no ha
facturado al coste real.
Comprobar que el ente que realiza el encargo lleva a cabo un seguimiento o
control al medio propio para verificar el precio real de las prestaciones
subcontratadas y comprobar que se realizan en la liquidación del importe
del encargo las reducciones correspondientes sobre el precio inicialmente
previsto.
El precio subcontratado supera la
tarifa aplicable.
Comprobar que el ente que realiza el encargo lleva a cabo un seguimiento o
control al medio propio para verificar si la cuantía de las actividades
subcontratadas se corresponde con los costes efectivos de la actividad
soportados por el medio propio.
El medio propio subcontrata siempre
con los mismos proveedores.
Verificar que las contrataciones realizadas por el medio propio se someten a
la LCSP en los términos que sean procedentes.
Verificar que el medio propio destinatario del encargo dispone de una
política de conflicto de intereses.
Incumplimiento total o parcial de las prestaciones objeto del encargo
Retrasos injustificados en los plazos
de entrega.
Establecimiento de un procedimiento para la realización de encargos que
contemple su adecuada planificación y análisis de plazo de ejecución, así
como los mecanismos y trámites a realizar en caso de causas
sobrevenidas que supongan prórrogas o ampliaciones de plazo.
Establecimiento por parte del ente que realiza el encargo de un sistema de
seguimiento y control de cumplimiento de los hitos o entregas parciales
durante la ejecución del encargo
No hay entrega de los productos o no
se realiza el servicio, total o parcial.
Establecimiento por parte de ente que realiza el encargo de mecanismos de
seguimiento y control de la ejecución del encargo de acuerdo con lo
previsto en las prescripciones técnicas.
Servicios o productos entregados por
debajo de la calidad esperada.
Establecimiento por parte de la entidad que realiza el encargo de
mecanismos de seguimiento y control de la ejecución del encargo de
acuerdo con lo previsto en las prescripciones técnicas.
Falta de adecuación de las
prestaciones del encargo con la
necesidad administrativa que debe
cubrir.
Establecimiento por parte de la entidad que realiza el encargo de
mecanismos de seguimiento y control de la ejecución del encargo de
acuerdo con lo previsto en las prescripciones técnicas.
Establecimiento de un procedimiento dentro de la planificación anual de los
encargos donde se analice el grado de cumplimiento de la necesidad en
los encargos del ejercicio anterior debiendo tenerse en cuenta ese análisis
para los encargos futuros.
Cód.
Validación:
AGGX2QWTEER5DXDLS2ZNG95LQ
Verificación:
https://villasbuenasdegata.sedelectronica.es/
Documento
firmado
electrónicamente
desde
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plataforma
esPublico
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BOP-2023-2956
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http://bop.dip-caceres.es
Martes, 9 de mayo de 2023
N.º 0086
Pág. 15231
Plaza Palacio, 1. C.P. 10858 Tlf.: 927. 67 30 78 - Fax: 927 67 30 23
Estimación incorrecta de las unidades
a las que se aplican las tarifas en la
elaboración del presupuesto.
No se han compensado las
actividades subcontratadas.
Comprobar que se dispone de un procedimiento de elaboración del
presupuesto de los encargos a medios propios que contemple la
compensación de las unidades subcontratadas, y que se aplica
correctamente.
Aplicación de IVA cuando se trata de
una operación no sujeta (artículo 7.8º
Ley del IVA).
Comprobar que se dispone de un procedimiento de elaboración del
presupuesto de los encargos a medios propios que contemple la sujeción o
no de la operación al IVA, y que se aplica correctamente.
Incumplimiento de los límites de subcontratación y limitación de concurrencia
No se ha informado al ente que
realiza el encargo de la
subcontratación realizada por el
medio propio.
Comprobar que el ente que realiza el encargo lleva a cabo un seguimiento
o control al medio propio para verificar si ha habido subcontratación, así
como para verificar si la subcontratación se ha llevado a cabo de acuerdo
con lo establecido en el artículo 32.7 de la LCSP.
Las actividades subcontratadas
superan el límite del 50% del
encargo.
Comprobar que el ente que realiza el encargo lleva a cabo un seguimiento o
control al medio propio para verificar si la subcontratación ha respectado
el límite del 50% del importe del encargo establecido en el artículo 32.7 de
la LCSP, salvo que concurran las causas excepcionales previstas en el
último párrafo de dicho artículo con las modificaciones introducidas por la
disposición final 5ª del Real Decreto-ley 36/2020.
El medio propio ha obtenido bajas
sustanciales de precio en el
procedimiento de licitación que no ha
facturado al coste real.
Comprobar que el ente que realiza el encargo lleva a cabo un seguimiento o
control al medio propio para verificar el precio real de las prestaciones
subcontratadas y comprobar que se realizan en la liquidación del importe
del encargo las reducciones correspondientes sobre el precio inicialmente
previsto.
El precio subcontratado supera la
tarifa aplicable.
Comprobar que el ente que realiza el encargo lleva a cabo un seguimiento o
control al medio propio para verificar si la cuantía de las actividades
subcontratadas se corresponde con los costes efectivos de la actividad
soportados por el medio propio.
El medio propio subcontrata siempre
con los mismos proveedores.
Verificar que las contrataciones realizadas por el medio propio se someten a
la LCSP en los términos que sean procedentes.
Verificar que el medio propio destinatario del encargo dispone de una
política de conflicto de intereses.
Incumplimiento total o parcial de las prestaciones objeto del encargo
Retrasos injustificados en los plazos
de entrega.
Establecimiento de un procedimiento para la realización de encargos que
contemple su adecuada planificación y análisis de plazo de ejecución, así
como los mecanismos y trámites a realizar en caso de causas
sobrevenidas que supongan prórrogas o ampliaciones de plazo.
Establecimiento por parte del ente que realiza el encargo de un sistema de
seguimiento y control de cumplimiento de los hitos o entregas parciales
durante la ejecución del encargo
No hay entrega de los productos o no
se realiza el servicio, total o parcial.
Establecimiento por parte de ente que realiza el encargo de mecanismos de
seguimiento y control de la ejecución del encargo de acuerdo con lo
previsto en las prescripciones técnicas.
Servicios o productos entregados por
debajo de la calidad esperada.
Establecimiento por parte de la entidad que realiza el encargo de
mecanismos de seguimiento y control de la ejecución del encargo de
acuerdo con lo previsto en las prescripciones técnicas.
Falta de adecuación de las
prestaciones del encargo con la
necesidad administrativa que debe
cubrir.
Establecimiento por parte de la entidad que realiza el encargo de
mecanismos de seguimiento y control de la ejecución del encargo de
acuerdo con lo previsto en las prescripciones técnicas.
Establecimiento de un procedimiento dentro de la planificación anual de los
encargos donde se analice el grado de cumplimiento de la necesidad en
los encargos del ejercicio anterior debiendo tenerse en cuenta ese análisis
para los encargos futuros.
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