Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Peraleda de la Mata. (BOP-2023-2910)
BOP-2023-2910 Aprobación definitiva expediente de delimitación unidad de actuación simplificada SUNC-18/AA del Plan General Municipal de Peraleda de la Mata.
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Sección I - Administración Local
Ayuntamientos
Ayuntamiento de Peraleda de la Mata
ANUNCIO. Aprobación definitiva expediente de delimitación unidad de actuación
simplificada SUNC-18/AA del Plan General Municipal de Peraleda de la Mata.
Mediante acuerdo del Pleno de este Ayuntamiento, adoptado en sesión extraordinaria
celebrada con fecha dos de mayo de dos mil veintitrés, se aprobó definitivamente el proyecto
de delimitación de la Unidad de Actuación Simplificada SUNC-18/AA del Plan General
Municipal de Peraleda de la Mata, según proyecto redactado por el gabinete técnico RUEDA Y
VEGA ASOCIADOS SLP, Arquitectura y Urbanismo; expediente promovido por la propietaria
del terreno afectado Dña. Jacinta Caro Montero, en virtud de Convenio Urbanístico de gestión
formalizado con este Ayuntamiento en fecha dieciséis de enero de dos mil veintitrés.
Lo que se publica para general conocimiento, de conformidad con lo dispuesto en el artículo
123.1 f) del Decreto 143/2021, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento
General de la Ley de ordenación territorial y urbanística sostenible de Extremadura.
Contra el presente acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, se puede interponer recurso
de reposición potestativo en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la
publicación del presente anuncio, ante el Pleno de este Ayuntamiento, de conformidad con los
artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas, o recurso contencioso-administrativo, ante los
Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Cáceres, en el plazo de dos meses a contar
desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46
de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo, no podrá interponer recurso
contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su
desestimación por silencio. Asimismo, se podrá ejercitar cualquier otro recurso que se
considere pertinente.
CVE:
BOP-2023-2910
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 8 de mayo de 2023
N.º 0085
Pág. 14874
Ayuntamientos
Ayuntamiento de Peraleda de la Mata
ANUNCIO. Aprobación definitiva expediente de delimitación unidad de actuación
simplificada SUNC-18/AA del Plan General Municipal de Peraleda de la Mata.
Mediante acuerdo del Pleno de este Ayuntamiento, adoptado en sesión extraordinaria
celebrada con fecha dos de mayo de dos mil veintitrés, se aprobó definitivamente el proyecto
de delimitación de la Unidad de Actuación Simplificada SUNC-18/AA del Plan General
Municipal de Peraleda de la Mata, según proyecto redactado por el gabinete técnico RUEDA Y
VEGA ASOCIADOS SLP, Arquitectura y Urbanismo; expediente promovido por la propietaria
del terreno afectado Dña. Jacinta Caro Montero, en virtud de Convenio Urbanístico de gestión
formalizado con este Ayuntamiento en fecha dieciséis de enero de dos mil veintitrés.
Lo que se publica para general conocimiento, de conformidad con lo dispuesto en el artículo
123.1 f) del Decreto 143/2021, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento
General de la Ley de ordenación territorial y urbanística sostenible de Extremadura.
Contra el presente acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, se puede interponer recurso
de reposición potestativo en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la
publicación del presente anuncio, ante el Pleno de este Ayuntamiento, de conformidad con los
artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas, o recurso contencioso-administrativo, ante los
Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Cáceres, en el plazo de dos meses a contar
desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46
de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo, no podrá interponer recurso
contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su
desestimación por silencio. Asimismo, se podrá ejercitar cualquier otro recurso que se
considere pertinente.
CVE:
BOP-2023-2910
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 8 de mayo de 2023
N.º 0085
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