Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Cabezuela del Valle. (BOP-2023-2865)
BOP-2023-2865 Aprobación definitiva del Reglamento Interno del Centro de Recursos Socioeducativos Municipal.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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ARTÍCULO 16. Deberes de los/as Usuarios/as.
Hacer un uso correcto de las instrucciones y del material existente en el Centro de
Recursos Socioeducativos.
Atender las indicaciones y órdenes dadas por los responsables del servicio en cuanto a
la utilización de las instalaciones, material y al desarrollo de las actividades
programadas.
Los/as padres/madres o tutores/as deberán atender al pago del precio público para la
utilización del servicio.
Los/as padres/madres y tutores/as estarán obligados/as asimismo/a a atender las
indicaciones de los/as responsables del servicio, y especialmente a ser diligentes tanto
en la presentación de los/as niños/as al inicio del servicio, y a su recogida a la
finalización.
Los deberes contenidos en los dos primeros puntos serán exigibles con relación a los/as
usuarios/as con la necesaria adecuación a las características de edad de los/as mismos/as.
En todo caso, no se permitirá:
Dar de comer o beber en el espacio de juego.
La entrada de coches y sillas de bebé en el Centro de Recursos Socioeducativos.
Los deberes contenidos en los puntos anteriores serán exigibles con relación a los usuarios
con la necesaria adecuación a las características de edad de los mismos.
TÍTULO VI. INFRACCIONES Y SANCIONES.
ARTÍCULO 17. Infracciones.
Se considera infracción el incumplimiento total o parcial de las obligaciones contenidas en la
presente ordenanza.
Se consideran infracciones leves:
No mostrar la debida diligencia en la utilización de las instalaciones y el material.
El acceso a las instalaciones sin el pago de la cuota.
No atender las indicaciones y órdenes dadas por los/as responsables del servicio.
El retraso hasta de quince minutos en el horario de recogida de los/as niños/as
usuarios/as del servicio por parte de los/as padres/madres o tutores/as.
CVE:
BOP-2023-2865
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 5 de mayo de 2023
N.º 0084
Pág. 14623
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ARTÍCULO 16. Deberes de los/as Usuarios/as.
Hacer un uso correcto de las instrucciones y del material existente en el Centro de
Recursos Socioeducativos.
Atender las indicaciones y órdenes dadas por los responsables del servicio en cuanto a
la utilización de las instalaciones, material y al desarrollo de las actividades
programadas.
Los/as padres/madres o tutores/as deberán atender al pago del precio público para la
utilización del servicio.
Los/as padres/madres y tutores/as estarán obligados/as asimismo/a a atender las
indicaciones de los/as responsables del servicio, y especialmente a ser diligentes tanto
en la presentación de los/as niños/as al inicio del servicio, y a su recogida a la
finalización.
Los deberes contenidos en los dos primeros puntos serán exigibles con relación a los/as
usuarios/as con la necesaria adecuación a las características de edad de los/as mismos/as.
En todo caso, no se permitirá:
Dar de comer o beber en el espacio de juego.
La entrada de coches y sillas de bebé en el Centro de Recursos Socioeducativos.
Los deberes contenidos en los puntos anteriores serán exigibles con relación a los usuarios
con la necesaria adecuación a las características de edad de los mismos.
TÍTULO VI. INFRACCIONES Y SANCIONES.
ARTÍCULO 17. Infracciones.
Se considera infracción el incumplimiento total o parcial de las obligaciones contenidas en la
presente ordenanza.
Se consideran infracciones leves:
No mostrar la debida diligencia en la utilización de las instalaciones y el material.
El acceso a las instalaciones sin el pago de la cuota.
No atender las indicaciones y órdenes dadas por los/as responsables del servicio.
El retraso hasta de quince minutos en el horario de recogida de los/as niños/as
usuarios/as del servicio por parte de los/as padres/madres o tutores/as.
CVE:
BOP-2023-2865
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 5 de mayo de 2023
N.º 0084
Pág. 14623