Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Arroyo de la Luz. (BOP-2023-2861)
BOP-2023-2861 Aprobación definitiva Ordenanza Fiscal reguladora de la tasa por derechos de examen u otras pruebas selectivas.
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ARTÍCULO 9.- INFRACCIONES Y SANCIONES TRIBUTARIAS.
En todo lo relativo a infracciones y sanciones tributarias y sus distintas calificaciones, así como
las sanciones que a las mismas corresponda, serán de aplicación las normas establecidas en
la vigente Ley General Tributaria y demás disposiciones que la complementen y desarrollen.
DISPOSICIÓN FINAL
La presente Ordenanza Fiscal entrará en vigor el día de su publicación en el Boletín Oficial de
la Provincia de Cáceres, permaneciendo en vigor hasta que se acuerde su modificación o
derogación.
Contra el presente Acuerdo, conforme al artículo 19 del Texto Refundido de la Ley Reguladora
de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, se
podrá interponer recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-
Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura con sede en Cáceres, en el
plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, de
conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción
Contencioso-Administrativa.
Arroyo de la Luz, 28 de abril de 2023
Carlos Caro Domínguez
ALCALDE-PRESIDENTE
CVE:
BOP-2023-2861
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 5 de mayo de 2023
N.º 0084
Pág. 14606
En todo lo relativo a infracciones y sanciones tributarias y sus distintas calificaciones, así como
las sanciones que a las mismas corresponda, serán de aplicación las normas establecidas en
la vigente Ley General Tributaria y demás disposiciones que la complementen y desarrollen.
DISPOSICIÓN FINAL
La presente Ordenanza Fiscal entrará en vigor el día de su publicación en el Boletín Oficial de
la Provincia de Cáceres, permaneciendo en vigor hasta que se acuerde su modificación o
derogación.
Contra el presente Acuerdo, conforme al artículo 19 del Texto Refundido de la Ley Reguladora
de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, se
podrá interponer recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-
Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura con sede en Cáceres, en el
plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, de
conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción
Contencioso-Administrativa.
Arroyo de la Luz, 28 de abril de 2023
Carlos Caro Domínguez
ALCALDE-PRESIDENTE
CVE:
BOP-2023-2861
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 5 de mayo de 2023
N.º 0084
Pág. 14606