Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Arroyo de la Luz. (BOP-2023-2861)
BOP-2023-2861 Aprobación definitiva Ordenanza Fiscal reguladora de la tasa por derechos de examen u otras pruebas selectivas.
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Sección I - Administración Local
Ayuntamientos
Ayuntamiento de Arroyo de la Luz
ANUNCIO. Aprobación definitiva Ordenanza Fiscal reguladora de la tasa por
derechos de examen u otras pruebas selectivas.
Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público queda
automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo plenario provisional del Ayuntamiento
deArroyo de la Luz sobre imposición de la tasa por derechos de examen u otras pruebas
selectivas, así como la Ordenanza fiscal reguladora de la misma, cuyo texto íntegro se hace
público en cumplimiento del artículo 17.4 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las
Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo.
ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR DERECHOS DE EXAMEN U
OTRAS PRUEBAS SELECTIVAS.
ARTÍCULO 1º.- FUNDAMENTO LEGAL Y RÉGIMEN.
En uso de las facultades concedidas por los artículos 133.2 y 142 de la Constitución y
conforme a lo dispuesto en los artículos 4 y 106 de la Ley 7/1985, de 2 de Abril, reguladora de
las Bases de Régimen Local, y de acuerdo con lo previsto en el texto refundido de la Ley
Reguladora de las Haciendas Locales, aprobada por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5
de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas
Locales, este Ayuntamiento de Arroyo de la Luz establece la “Tasa por derechos de examen u
otras pruebas selectivas”,
La presente tasa se regirá en este Municipio:
- Por las normas reguladoras de las tasas, contenidas en los artículos 15 a 27 y 57 del Real
Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley
Reguladora de las Haciendas Locales; y por las demás disposiciones legales y reglamentarias
que complementen y desarrollen dicha ley.
- Por la Ley 8/1989, de 13 de abril, de Tasas y Precios Públicos.
- Por la presente Ordenanza Fiscal.
CVE:
BOP-2023-2861
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 5 de mayo de 2023
N.º 0084
Pág. 14602
Ayuntamientos
Ayuntamiento de Arroyo de la Luz
ANUNCIO. Aprobación definitiva Ordenanza Fiscal reguladora de la tasa por
derechos de examen u otras pruebas selectivas.
Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público queda
automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo plenario provisional del Ayuntamiento
deArroyo de la Luz sobre imposición de la tasa por derechos de examen u otras pruebas
selectivas, así como la Ordenanza fiscal reguladora de la misma, cuyo texto íntegro se hace
público en cumplimiento del artículo 17.4 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las
Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo.
ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR DERECHOS DE EXAMEN U
OTRAS PRUEBAS SELECTIVAS.
ARTÍCULO 1º.- FUNDAMENTO LEGAL Y RÉGIMEN.
En uso de las facultades concedidas por los artículos 133.2 y 142 de la Constitución y
conforme a lo dispuesto en los artículos 4 y 106 de la Ley 7/1985, de 2 de Abril, reguladora de
las Bases de Régimen Local, y de acuerdo con lo previsto en el texto refundido de la Ley
Reguladora de las Haciendas Locales, aprobada por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5
de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas
Locales, este Ayuntamiento de Arroyo de la Luz establece la “Tasa por derechos de examen u
otras pruebas selectivas”,
La presente tasa se regirá en este Municipio:
- Por las normas reguladoras de las tasas, contenidas en los artículos 15 a 27 y 57 del Real
Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley
Reguladora de las Haciendas Locales; y por las demás disposiciones legales y reglamentarias
que complementen y desarrollen dicha ley.
- Por la Ley 8/1989, de 13 de abril, de Tasas y Precios Públicos.
- Por la presente Ordenanza Fiscal.
CVE:
BOP-2023-2861
Verificable
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http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 5 de mayo de 2023
N.º 0084
Pág. 14602