Sección I - Administración Local. Provincia. Consorcio Medioambiental MásMedio. (BOP-2023-2851)
BOP-2023-2851 Encomienda de Gestión del servicio de RSU suscrito con el Ayuntamiento de Alcántara.
15 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
CONSORCIO MEDIOAMBIENTE Y AGUAS PROVINCIA DE CÁCERES
Edificio Julián Murillo, Ronda San Francisco, 3 – 10002 Cáceres
927 625 293 – info@masmedio.es – www.masmedio.es
incluyendo el personal adscrito al mismo y que deberá incorporarse en la gestión
futura a prestar por el Consorcio MásMedio.
Previamente a la formalización del Acta de Comprobación del servicio, el
Consorcio MásMedio desarrollará una serie de actuaciones encaminadas a la
optimización de las instalaciones del servicio, según la planificación establecida en
el Informe Técnico-Económico del Servicio.
DECIMOTERCERA. - Indemnizaciones en caso de resolución anticipada.
Si el AYUNTAMIENTO de forma unilateral estimase conveniente resolver
anticipadamente el Convenio, deberá indemnizar al Consorcio MásMedio por los
daños y perjuicios ocasionados, y devolver posibles anticipos que pudiera haber
recibido por cualquier concepto, así como los importes de las actuaciones
realizadas. Para ello, los servicios técnicos del Consorcio MásMedio realizarán un
informe técnico-económico que reflejen los perjuicios causados y las
indemnizaciones que correspondan, que será trasladado al AYUNTAMIENTO, en
trámite de audiencia, para la formulación de alegaciones por la Entidad Local.
Recibidas las alegaciones y previa propuesta de resolución, se dictará
Resolución por la Presidencia del Consorcio MásMedio con los efectos
administrativos correspondientes.
En sentido contrario, el Consorcio MásMedio deberá devolver al
AYUNTAMIENTO aquella parte de su fondo particular de inversiones pendiente
de ejecutar.
La suspensión del Convenio no surtirá efecto en tanto que el
AYUNTAMIENTO no preste su conformidad a la liquidación contable y satisfaga,
en su caso, la totalidad de su deuda. En cualquier caso, entre la denuncia del
Convenio y su resolución definitiva deberán transcurrir al menos doce meses.
Tras la finalización o suspensión del presente convenio, el personal
incorporado a los nuevos servicios pasará nuevamente al servicio municipal según
lo establecido en la legislación vigente en materia laboral, no recayendo en el
Consorcio MásMedio ninguna obligación laboral respecto de los trabajadores
implicados.
CVE:
BOP-2023-2851
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 5 de mayo de 2023
N.º 0084
Pág. 14589
Edificio Julián Murillo, Ronda San Francisco, 3 – 10002 Cáceres
927 625 293 – info@masmedio.es – www.masmedio.es
incluyendo el personal adscrito al mismo y que deberá incorporarse en la gestión
futura a prestar por el Consorcio MásMedio.
Previamente a la formalización del Acta de Comprobación del servicio, el
Consorcio MásMedio desarrollará una serie de actuaciones encaminadas a la
optimización de las instalaciones del servicio, según la planificación establecida en
el Informe Técnico-Económico del Servicio.
DECIMOTERCERA. - Indemnizaciones en caso de resolución anticipada.
Si el AYUNTAMIENTO de forma unilateral estimase conveniente resolver
anticipadamente el Convenio, deberá indemnizar al Consorcio MásMedio por los
daños y perjuicios ocasionados, y devolver posibles anticipos que pudiera haber
recibido por cualquier concepto, así como los importes de las actuaciones
realizadas. Para ello, los servicios técnicos del Consorcio MásMedio realizarán un
informe técnico-económico que reflejen los perjuicios causados y las
indemnizaciones que correspondan, que será trasladado al AYUNTAMIENTO, en
trámite de audiencia, para la formulación de alegaciones por la Entidad Local.
Recibidas las alegaciones y previa propuesta de resolución, se dictará
Resolución por la Presidencia del Consorcio MásMedio con los efectos
administrativos correspondientes.
En sentido contrario, el Consorcio MásMedio deberá devolver al
AYUNTAMIENTO aquella parte de su fondo particular de inversiones pendiente
de ejecutar.
La suspensión del Convenio no surtirá efecto en tanto que el
AYUNTAMIENTO no preste su conformidad a la liquidación contable y satisfaga,
en su caso, la totalidad de su deuda. En cualquier caso, entre la denuncia del
Convenio y su resolución definitiva deberán transcurrir al menos doce meses.
Tras la finalización o suspensión del presente convenio, el personal
incorporado a los nuevos servicios pasará nuevamente al servicio municipal según
lo establecido en la legislación vigente en materia laboral, no recayendo en el
Consorcio MásMedio ninguna obligación laboral respecto de los trabajadores
implicados.
CVE:
BOP-2023-2851
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 5 de mayo de 2023
N.º 0084
Pág. 14589