Sección I - Administración Local. Provincia. Consorcio Medioambiental MásMedio. (BOP-2023-2797)
BOP-2023-2797 Convenio de Encomienda de Gestión RSU suscrito entre el Consorcio MásMedio y el Ayuntamiento de Santiago del Campo.
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CONVENIO RESIDUOS SÓLIDOS
URBANOS
CONSORCIO MEDIOAMBIENTE Y AGUAS PROVINCIA DE CÁCERES
encontrarse con una organización más idónea en el ámbito provincial, conociendo
los criterios básicos de la prestación de este servicio con tal carácter, y, en
consecuencia, que entiende más beneficioso para los intereses municipales que tal
servicio se presta a través del mismo.
SEGUNDA. Aceptación de la encomienda de gestión por el Consorcio
“MÁSMEDIO”.
El Consorcio MásMedio al amparo de lo previsto en el artículo 3.4 y 37 de sus
estatutos, acepta la mencionada encomienda de gestión, con arreglo a lo previsto
en el presente Convenio de colaboración.
TERCERA. Ejercicio de las facultades y funciones derivadas de las
competencias propias.
El Consorcio MásMedio se compromete a una correcta y adecuada prestación
del servicio cuya gestión ha sido encomendada, introduciendo las mejoras
materiales y técnicas posibles que redunden en la calidad de éste. A tal fin el
AYUNTAMIENTO le delega el ejercicio de las facultades y funciones derivadas de
las competencias propias en relación con la gestión del servicio público
encomendado, al amparo de lo dispuesto en el art. 18.2 de la Ley de 3/2019, de 22 de
enero, de Garantía de la Autonomía municipal de Extremadura.
El AYUNTAMIENTO reconoce al Consorcio MásMedio, como entidad local
supramunicipal, la capacidad para establecer, exigir y recaudar los fondos
necesarios para la gestión del citado servicio público encomendado mediante las
correspondientes Ordenanzas reguladoras de las tasas, contribuciones especiales
y/o precios públicos, a los usuarios y beneficiarios del servicio, con sometimiento al
principio de equivalencia (que iguala la recaudación con los costes del servicio que
se presta). La potestad reglamentaria se ejercerá conforme a lo previsto en sus
respectivas normas de creación y en los términos establecidos en el artículo 152 del
TRLRHL.
El AYUNTAMIENTO otorga al Consorcio MásMedio capacidad suficiente
para el ejercicio de las facultades de gestión, así como la de asumir la titularidad de
la concesión en materia de Recogida, Transporte y Gestión de Residuos Domésticos
y asimilados, y en especial los residuos; “fracción de tipo orgánico, todo en uno,
envases ligeros, papel/cartón, voluminoso y lavado de contenedores”,
CVE:
BOP-2023-2797
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 4 de mayo de 2023
N.º 0083
Pág. 14217
URBANOS
CONSORCIO MEDIOAMBIENTE Y AGUAS PROVINCIA DE CÁCERES
encontrarse con una organización más idónea en el ámbito provincial, conociendo
los criterios básicos de la prestación de este servicio con tal carácter, y, en
consecuencia, que entiende más beneficioso para los intereses municipales que tal
servicio se presta a través del mismo.
SEGUNDA. Aceptación de la encomienda de gestión por el Consorcio
“MÁSMEDIO”.
El Consorcio MásMedio al amparo de lo previsto en el artículo 3.4 y 37 de sus
estatutos, acepta la mencionada encomienda de gestión, con arreglo a lo previsto
en el presente Convenio de colaboración.
TERCERA. Ejercicio de las facultades y funciones derivadas de las
competencias propias.
El Consorcio MásMedio se compromete a una correcta y adecuada prestación
del servicio cuya gestión ha sido encomendada, introduciendo las mejoras
materiales y técnicas posibles que redunden en la calidad de éste. A tal fin el
AYUNTAMIENTO le delega el ejercicio de las facultades y funciones derivadas de
las competencias propias en relación con la gestión del servicio público
encomendado, al amparo de lo dispuesto en el art. 18.2 de la Ley de 3/2019, de 22 de
enero, de Garantía de la Autonomía municipal de Extremadura.
El AYUNTAMIENTO reconoce al Consorcio MásMedio, como entidad local
supramunicipal, la capacidad para establecer, exigir y recaudar los fondos
necesarios para la gestión del citado servicio público encomendado mediante las
correspondientes Ordenanzas reguladoras de las tasas, contribuciones especiales
y/o precios públicos, a los usuarios y beneficiarios del servicio, con sometimiento al
principio de equivalencia (que iguala la recaudación con los costes del servicio que
se presta). La potestad reglamentaria se ejercerá conforme a lo previsto en sus
respectivas normas de creación y en los términos establecidos en el artículo 152 del
TRLRHL.
El AYUNTAMIENTO otorga al Consorcio MásMedio capacidad suficiente
para el ejercicio de las facultades de gestión, así como la de asumir la titularidad de
la concesión en materia de Recogida, Transporte y Gestión de Residuos Domésticos
y asimilados, y en especial los residuos; “fracción de tipo orgánico, todo en uno,
envases ligeros, papel/cartón, voluminoso y lavado de contenedores”,
CVE:
BOP-2023-2797
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 4 de mayo de 2023
N.º 0083
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