Sección I - Administración Local. Mancomunidades. Mancomunidad Riberos del Tajo. (BOP-2023-2754)
BOP-2023-2754 Convocatoria y bases para la provisión de una plaza de Auxiliar Administrativo/a, sistema de concurso de méritos.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Mancomunidad Riberos del Tajo
Quiénes dentro del plazo indicado, y salvo los casos de fuerza mayor, no presentasen la
documentación o de la misma se dedujese que carecen de alguno de los requisitos exigidos o
méritos alegados, no podrán ser nombrados, quedando anuladas todas sus actuaciones, sin
perjuicio de la responsabilidad en que pudieran haber incurrido por falsedad en sus
solicitudes de participación.
BASE OCTAVA.- ADQUISICIÓN DE LA CONDICIÓN DE PERSONAL LABORAL FIJO.
Quienes hayan sido propuestos para adquirir la condición de personal laboral fijo,
formalizarán dicha situación en el plazo máximo de diez días naturales, a contar desde el
siguiente a aquel en que les sea notificada la correspondiente resolución. Quienes no
comparezcan en el plazo señalado sin causa justificada, decaerán en todos sus derechos a
ocupar la plaza.
Concluido el proceso selectivo, los/as aspirantes propuestos que lo hubieran superado
dispondrán de un plazo de cinco días hábiles para que acrediten en los términos indicados en
la convocatoria que cumplen los requisitos exigidos, y serán nombrados/as Personal Laboral
Fijo de la Mancomunidad Integral de Municipios Riberos del Tajo mediante Resolución del
órgano competente, que se publicará en el «Boletín Oficial de la Provincia de Cáceres», con
indicación del destino adjudicado. La adjudicación de los puestos entre los/as aspirantes que
superen el proceso selectivo se efectuará según la petición de destino de acuerdo con la
puntuación total obtenida, excepto lo previsto en el artículo 11 del Decreto 111/2017, de 18
de julio, por el que se regula el acceso de las personas con discapacidad al empleo público de
las Comunidad Autónoma de Extremadura y medidas favorecedoras de la integración de
los/as empleados/as públicos/as con discapacidad.
Los puestos de trabajo que vayan a ser ofrecidos como destino y que impliquen la
participación directa o indirecta en el ejercicio de las potestades públicas o en la salvaguardia
de los intereses generales del Estado y de las Administraciones Públicas, quedarán
reservados a los/as aspirantes de nacionalidad española, de conformidad con el artículo 57.1
del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto
Refundido del Estatuto Básico del/a Empleado/a Público/a.
Adquirida la condición de personal laboral fijo, les será de aplicación la normativa sobre
incompatibilidades contenida en la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades
del personal al servicio de las Administraciones Públicas.
BASE NOVENA.- INCIDENCIAS.
Las presentes bases y convocatoria podrán ser impugnadas de conformidad con lo
establecido en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de
las Administraciones Públicas.
Contra la convocatoria y sus bases, que agotan la vía administrativa, se podrá interponer por
los interesados recurso de reposición previo al contencioso-administrativo en el plazo de un
mes ante la Presidencia, o bien recurso contencioso- administrativo en el plazo de dos meses
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Validación:
6LCHFCSSRAX644W23P4E69J3S
Verificación:
https://riberosdeltajo.sedelectronica.es/
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N.º 0081
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Quiénes dentro del plazo indicado, y salvo los casos de fuerza mayor, no presentasen la
documentación o de la misma se dedujese que carecen de alguno de los requisitos exigidos o
méritos alegados, no podrán ser nombrados, quedando anuladas todas sus actuaciones, sin
perjuicio de la responsabilidad en que pudieran haber incurrido por falsedad en sus
solicitudes de participación.
BASE OCTAVA.- ADQUISICIÓN DE LA CONDICIÓN DE PERSONAL LABORAL FIJO.
Quienes hayan sido propuestos para adquirir la condición de personal laboral fijo,
formalizarán dicha situación en el plazo máximo de diez días naturales, a contar desde el
siguiente a aquel en que les sea notificada la correspondiente resolución. Quienes no
comparezcan en el plazo señalado sin causa justificada, decaerán en todos sus derechos a
ocupar la plaza.
Concluido el proceso selectivo, los/as aspirantes propuestos que lo hubieran superado
dispondrán de un plazo de cinco días hábiles para que acrediten en los términos indicados en
la convocatoria que cumplen los requisitos exigidos, y serán nombrados/as Personal Laboral
Fijo de la Mancomunidad Integral de Municipios Riberos del Tajo mediante Resolución del
órgano competente, que se publicará en el «Boletín Oficial de la Provincia de Cáceres», con
indicación del destino adjudicado. La adjudicación de los puestos entre los/as aspirantes que
superen el proceso selectivo se efectuará según la petición de destino de acuerdo con la
puntuación total obtenida, excepto lo previsto en el artículo 11 del Decreto 111/2017, de 18
de julio, por el que se regula el acceso de las personas con discapacidad al empleo público de
las Comunidad Autónoma de Extremadura y medidas favorecedoras de la integración de
los/as empleados/as públicos/as con discapacidad.
Los puestos de trabajo que vayan a ser ofrecidos como destino y que impliquen la
participación directa o indirecta en el ejercicio de las potestades públicas o en la salvaguardia
de los intereses generales del Estado y de las Administraciones Públicas, quedarán
reservados a los/as aspirantes de nacionalidad española, de conformidad con el artículo 57.1
del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto
Refundido del Estatuto Básico del/a Empleado/a Público/a.
Adquirida la condición de personal laboral fijo, les será de aplicación la normativa sobre
incompatibilidades contenida en la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades
del personal al servicio de las Administraciones Públicas.
BASE NOVENA.- INCIDENCIAS.
Las presentes bases y convocatoria podrán ser impugnadas de conformidad con lo
establecido en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de
las Administraciones Públicas.
Contra la convocatoria y sus bases, que agotan la vía administrativa, se podrá interponer por
los interesados recurso de reposición previo al contencioso-administrativo en el plazo de un
mes ante la Presidencia, o bien recurso contencioso- administrativo en el plazo de dos meses
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