Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Coria. (BOP-2023-2740)
BOP-2023-2740 EXTRACTO. Convocatoria para otorgar los premios a los mejores expedientes académicos del curso académico 2022/2023 de la ciudad de Coria. Ejercicio 2023.
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SEXTA.- SOLICITUDES Y DOCUMENTACIÓN.
1. Los/as destinatarios/as presentarán las solicitudes (ANEXO I), adjuntado la documentación
necesaria que acredite las circunstancias alegadas de posible valoración.
2. El plazo de presentación de solicitudes comprenderá desde el día siguiente al de la
publicación del extracto de esta convocatoria en el B.O.P. de Cáceres hasta el día 15 de
diciembre del año en curso, salvo que se agote antes la cuantía asignada a esta finalidad.
3. Cada interesado/a presentará una solicitud para las ayudas objeto de esta convocatoria,
aportando periódicamente la documentación que le sea requerida para acreditar que persiste la
situación de necesidad que motiva el otorgamiento.
SÉPTIMA.- FINANCIACIÓN, CRÉDITO PRESUPUESTARIO Y CUANTÍA.
Con fecha 17 de febrero de 2023 se publica la Resolución de 16 de febrero de 2023, del
Vicepresidente Segundo y Consejero, por la que se ordena la publicación en el Diario Oficial de
Extremadura del Acuerdo 1 de febrero de 2023, del Consejo de Gobierno de la Junta de
Extremadura, por el que se aprueba el Programa de Colaboración Económica Municipal para
Suministros Mínimos Vitales para el 2023.
El importe máximo total de las ayudas será de 62.500,00 €, que se imputarán al presupuesto
de gastos de 2023, a la partida presupuestaria 23148001.
OCTAVA.- PLAZO DE RESOLUCIÓN Y NOTIFICACIÓN.
El plazo de resolución y notificación será de 6 meses. El vencimiento del plazo máximo sin que
se haya dictado y notificado la resolución legitima a los/as interesados/as para entender
desestimada por silencio administrativo la solicitud de concesión de la subvención.
NOVENA.- DATOS PERSONALES.
En cumplimiento del deber de informar establecido en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de
diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal y Garantía de los Derechos Digitales,
se tratarán y guardarán los datos aportados en la instancia y documentación que la acompañe
para la tramitación y gestión del presente expediente administrativo y demás actuaciones
relacionadas.
Se reconoce el derecho a las personas interesadas a acceder, rectificar y suprimir los datos
facilitados, así como cualesquiera otros derechos que les correspondan. Las personas
interesadas tienen derecho a oponerse en cualquier momento, por motivos relacionados con su
situación particular, a que los datos personales que les conciernan sean objeto de un
tratamiento de datos.
La finalidad de los mismos es la tramitación, gestión de expedientes administrativos y
actuaciones derivadas de éstos. Se prevé la posible cesión de datos a terceros, sin que haya
previsión de transferencias a terceros países.
CVE:
BOP-2023-2740
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 2 de mayo de 2023
N.º 0081
Pág. 13515
1. Los/as destinatarios/as presentarán las solicitudes (ANEXO I), adjuntado la documentación
necesaria que acredite las circunstancias alegadas de posible valoración.
2. El plazo de presentación de solicitudes comprenderá desde el día siguiente al de la
publicación del extracto de esta convocatoria en el B.O.P. de Cáceres hasta el día 15 de
diciembre del año en curso, salvo que se agote antes la cuantía asignada a esta finalidad.
3. Cada interesado/a presentará una solicitud para las ayudas objeto de esta convocatoria,
aportando periódicamente la documentación que le sea requerida para acreditar que persiste la
situación de necesidad que motiva el otorgamiento.
SÉPTIMA.- FINANCIACIÓN, CRÉDITO PRESUPUESTARIO Y CUANTÍA.
Con fecha 17 de febrero de 2023 se publica la Resolución de 16 de febrero de 2023, del
Vicepresidente Segundo y Consejero, por la que se ordena la publicación en el Diario Oficial de
Extremadura del Acuerdo 1 de febrero de 2023, del Consejo de Gobierno de la Junta de
Extremadura, por el que se aprueba el Programa de Colaboración Económica Municipal para
Suministros Mínimos Vitales para el 2023.
El importe máximo total de las ayudas será de 62.500,00 €, que se imputarán al presupuesto
de gastos de 2023, a la partida presupuestaria 23148001.
OCTAVA.- PLAZO DE RESOLUCIÓN Y NOTIFICACIÓN.
El plazo de resolución y notificación será de 6 meses. El vencimiento del plazo máximo sin que
se haya dictado y notificado la resolución legitima a los/as interesados/as para entender
desestimada por silencio administrativo la solicitud de concesión de la subvención.
NOVENA.- DATOS PERSONALES.
En cumplimiento del deber de informar establecido en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de
diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal y Garantía de los Derechos Digitales,
se tratarán y guardarán los datos aportados en la instancia y documentación que la acompañe
para la tramitación y gestión del presente expediente administrativo y demás actuaciones
relacionadas.
Se reconoce el derecho a las personas interesadas a acceder, rectificar y suprimir los datos
facilitados, así como cualesquiera otros derechos que les correspondan. Las personas
interesadas tienen derecho a oponerse en cualquier momento, por motivos relacionados con su
situación particular, a que los datos personales que les conciernan sean objeto de un
tratamiento de datos.
La finalidad de los mismos es la tramitación, gestión de expedientes administrativos y
actuaciones derivadas de éstos. Se prevé la posible cesión de datos a terceros, sin que haya
previsión de transferencias a terceros países.
CVE:
BOP-2023-2740
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 2 de mayo de 2023
N.º 0081
Pág. 13515