Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Valverde de la Vera. (BOP-2023-2681)
BOP-2023-2681 Publicación Bases Concurso de Pintura Rápida, edición 2023.
9 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
2. RÉGIMEN JURÍDICO APLICABLE.
Será de aplicación a la presente convocatoria lo dispuesto en los premios educativos,
culturales, científicos o de cualquier otra naturaleza sujetos a publicidad y concurrencia, en la
Disposición Adicional Décima de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, y el Real Decreto
887/2006, de 21 de julio, salvo en aquellos aspectos en los que por la especial naturaleza de
estas subvenciones no resulte aplicable.
3. PARTICIPANTES
Podrán participar las personas físicas, mayores de edad, en la fecha de celebración del
concurso.
No podrán participar miembros del jurado.
Se podrá solicitar la justificación de edad e identidad por la organización.
De conformidad con en el artículo 13 de la Ley 38/2003 de 17 de noviembre, General de
Subvenciones, no podrán participar en la convocatoria, las personas físicas, jurídicas o
entidades que, cumpliendo los requisitos específicos, estén incursos/as en alguna de las
causas de prohibición para percibir subvenciones establecidas.
En el momento de rellenar el formulario de inscripción del concurso, los/as participantes
declaran no encontrarse incursos/as en ninguna de las prohibiciones previstas en el artículo 13
de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, así como de encontrarse al
corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social y
Ayuntamiento de Valverde de la Vera, y del cumplimiento de las obligaciones por reintegro de
subvenciones.
Las personas premiadas, deberán presentar la documentación acreditativa de que están al
corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y frente a la seguridad social al
momento de la tramitación del reconocimiento de la obligación, en virtud de lo establecido en el
apartado 1.e) del artículo 14 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Los certificados y declaraciones tendrán una validez de seis meses desde la fecha de su
expedición o emisión.
De acuerdo con lo establecido en el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del
Consejo de 27 de abril de 2016 relativo a la protección de las personas físicas en lo que
respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y la Ley
CVE:
BOP-2023-2681
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 27 de abril de 2023
N.º 0079
Pág. 13293