Sección I - Administración Local. Provincia. Consorcio Medioambiental MásMedio. (BOP-2023-2476)
BOP-2023-2476 Convenio de Encomienda de Gestión de Saneamiento y Depuración suscrito entre el Consorcio y el Ayuntamiento de Oliva de Plasencia.
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CONVENIO SANEAMIENTO EN ALTA Y
DEPURACIÓN DE AGUAS RESIDUALES
CONSORCIO MEDIOAMBIENTE Y AGUAS PROVINCIA DE CÁCERES
b. Poner a su disposición los medios, las instalaciones, infraestructuras y
equipos que constituyen la correspondiente EDAR, cuando sean propios o
facilitando la puesta a disposición de los que correspondan a titular distinto.
c. Asumir que el Consorcio MásMedio lleve a cabo toda actividad relacionada
con la depuración de aguas residuales urbanas en el término municipal.
d. Poner a disposición del Consorcio MásMedio sus derechos concesionales o
de participación que tuviera en entes colectivos.
e. Proporcionar cuantos documentos contribuyan a establecer o mejorar la
prestación del servicio, así como la solicitud de otros documentos que sean
necesarios obtener de Organismos u entidades públicas.
f. Presta la protección adecuada y las ayudas que sean requeridas, para la
mayor agilidad y eficacia del servicio poniendo a disposición, en el caso de
que fuese necesario, a la Policía Local del municipio.
g. Proporcionar, como titular del servicio de aguas los padrones de abonados
que se requieran para la adecuada configuración de los padrones
correspondientes. La cesión del Padrón de Abonados, a efectos de proceder
a la gestión del servicio, no habilita al Consorcio MásMedio para el uso de
dichos datos con fines distintos a los previstos.
h. A efectos de la legitimación de datos contemplada en la Ley 3/2018, de 5 de
diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal y Garantía de los
Derechos Digitales y en consonancia con las medidas que se han de adoptar
según lo dispuesto en el R.D. 994/99, será el propio AYUNTAMIENTO el
encargado de recabar el consentimiento de los usuarios.
i. Facilitar a los servicios técnicos del Consorcio MásMedio, los Planes de
Ordenación Urbana, Normas Subsidiarias, y cualquier otro instrumento de
planeamiento urbanístico, por la incidencia que pudieran tener en las redes
de abastecimiento o, en caso de ser necesario, saneamiento, y al objeto de la
consideración técnica de los proyectos y obras que pudieran representar un
aumento de la capacidad del servicio.
j. Trabajar de forma continua en la mejora de redes e instalaciones del
servicio, conservando en todo momento la titularidad de los mismos, a
partir de la PRI, y de cualquier otro plan de inversiones cuya finalidad pueda
CVE:
BOP-2023-2476
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Viernes, 21 de abril de 2023
N.º 0076
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