Sección I - Administración Local. Provincia. Consorcio Medioambiental MásMedio. (BOP-2023-2475)
BOP-2023-2475 Convenio de Encomienda de Gestión de Saneamiento y Depuración suscrito entre el Consorcio y el Ayuntamiento de Arroyomolinos de la Vera.
14 páginas totales
Página
CONVENIO SANEAMIENTO EN ALTA Y
DEPURACIÓN DE AGUAS RESIDUALES
CONSORCIO MEDIOAMBIENTE Y AGUAS PROVINCIA DE CÁCERES
e) Proporcionar cuantos documentos contribuyan a establecer o mejorar la
prestación del servicio, así como la solicitud de otros documentos que sean
necesarios obtener de Organismos u entidades públicas.
f) Presta la protección adecuada y las ayudas que sean requeridas, para la mayor
agilidad y eficacia del servicio poniendo a disposición, en el caso de que fuese
necesario, a la Policía Local del municipio.
g) Proporcionar, como titular del servicio de aguas los padrones de abonados que
se requieran para la adecuada configuración de los padrones correspondientes.
La cesión del Padrón de Abonados, a efectos de proceder a la gestión del
servicio, no habilita al Consorcio MásMedio para el uso de dichos datos con
fines distintos a los previstos.
h) A efectos de la legitimación de datos contemplada en la Ley 3/2018, de 5 de
diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal y Garantía de los
Derechos Digitales y en consonancia con las medidas que se han de adoptar
según lo dispuesto en el R.D. 994/99, será el propio AYUNTAMIENTO el
encargado de recabar el consentimiento de los usuarios.
i) Facilitar a los servicios técnicos del Consorcio MásMedio, los Planes de
Ordenación Urbana, Normas Subsidiarias, y cualquier otro instrumento de
planeamiento urbanístico, por la incidencia que pudieran tener en las redes de
abastecimiento o, en caso de ser necesario, saneamiento, y al objeto de la
consideración técnica de los proyectos y obras que pudieran representar un
aumento de la capacidad del servicio.
j) Trabajar de forma continua en la mejora de redes e instalaciones del servicio,
conservando en todo momento la titularidad de los mismos, a partir de la PRI,
y de cualquier otro plan de inversiones cuya finalidad pueda ser destinada a la
mejora de la prestación del servicio de suministro de agua en modalidad de
“alta”.
k) Facilitar el AYUNTAMIENTO listado de instalaciones y la documentación
técnica asociada de todos los sistemas, instalaciones y redes que se encuentren
dentro del ámbito de actuación del presente convenio.
OCTAVA. - Régimen económico-financiero de la encomienda de gestión.
Para la adecuada financiación de los servicios encomendados y sostenimiento de los
gastos públicos, y al amparo de lo dispuesto en el artículo 154 del TRLHL, el
AYUNTAMIENTO abonará al Consorcio MásMedio una contraprestación económica,
que tendrá naturaleza de ingreso de derecho público, debiendo cubrir la totalidad del
coste del servicio (directos e indirectos) con sometimiento al principio de equivalencia,
es decir, que iguala la recaudación con los costes del servicio que se presta. La
CVE:
BOP-2023-2475
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 21 de abril de 2023
N.º 0076
Pág. 11907