Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Alcántara. (BOP-2023-2423)
BOP-2023-2423 EXTRACTO. Bases Reguladoras Ayudas Suministros Mínimos Vitales 2023.
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SEGUNDA. BENEFICIARIOS/AS.
Podrán ser beneficiarias de las ayudas para suministros mínimos vitales serán requisitos que
deberán cumplir las personas solicitantes, de conformidad con lo dispuesto en la norma tercera
de la convocatoria.
Finalidad:
Estas ayudas son económicas finalistas destinadas a aquellas personas cuyos recursos
resulten insuficientes para hacer frente a los gastos específicos establecidos en el art. 6 del
Acuerdo.
TERCERA. GASTOS SUBVENCIONABLES.
Se considerarán gastos subvencionables los detallados en el art. Sexto del mencionado
acuerdo y que se relacionan a continuación:
Gastos de energía eléctrica y gas natural, incluyendo potencia contratada, la energía
consumida, el alquiler de los equipos de medida y control, en su caso, y los impuestos directos
e indirectos que graven los conceptos anteriores, así como cualquier otro concepto facturado
relativo al suministro.
Gastos de agua potable, incluyendo la cuota de servicio, el suministro de agua potable y las
tasas, cánones e impuestos directos e indirectos que graven los conceptos anteriores, así
como cualquier otro concepto facturado relativo al suministro, salvo el alcantarillado y la
basura, aunque dichos conceptos estuvieran incluidos en la facturación del suministro de agua
potable.
Gastos de alta y reconexión en caso de interrupción por impago del suministro de energía
eléctrica, gas natural y agua potable.
Gasto de butano.
CUARTA. PLAZO Y LUGAR DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES.
El plazo para poder solicitar las ayudas estará abierto, desde el día siguiente a la publicación
de la presente convocatoria en el Tablón de anuncios del Ayuntamiento y Boletín Oficial de la
Provincia, hasta que se agote el crédito correspondiente al año 2023 de la subvención
concedida para este fin por la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales, y en todo caso,
hasta el día 31 de diciembre de 2023. Las personas interesadas presentarán su solicitud
conforme al modelo establecido en la presente convocatoria. Los/as interesados/as, deberán
entregar la solicitud debidamente cumplimentada, con toda la documentación necesaria en
registro general de entrada del Ayuntamiento.
QUINTA. PRESUPUESTO.
A esta convocatoria está destinada como máximo una cuantía de 7.502,48 €, con cargo a la
aplicación presupuestaria 231.480.01. Esa cuantía es la máxima que se podrá aprobar en la
CVE:
BOP-2023-2423
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 20 de abril de 2023
N.º 0075
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