Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Moraleja. (BOP-2023-2222)
BOP-2023-2222 Bases Electricista, con carácter laboral-temporal, mediante contrato laboral de relevo, por el sistema de selección de concurso - oposición libre.
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especialista y/o colaboradores/as para todas o algunas de las pruebas, de acuerdo con lo
previsto en la correspondiente convocatoria. Este personal colaborará exclusivamente en el
ejercicio de sus especialidades técnicas, por lo que actuarán con voz, pero sin voto.
El Tribunal no podrá constituirse ni actuar válidamente sin la asistencia de más de la mitad de
las personas miembros, titulares o suplentes, indistintamente, siendo siempre necesaria la
presencia de las personas que ostenten la Presidencia y la Secretaría. Las decisiones se
adoptarán por mayoría y están facultados para resolver las cuestiones que pudieran suscitarse
durante el proceso selectivo y adoptar los acuerdos necesarios para garantizar el normal
desarrollo de la convocatoria.
El procedimiento de actuación de los Tribunales se ajustará en todo momento a lo dispuesto en
la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, estando sus
miembros así como el personal asesor y observadores sindicales sujetos a los supuestos de
abstención y recusación previstos en los artículos 23 y 24 de la citada norma. Asimismo el
Tribunal, de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución Española, velará por el estricto
cumplimiento del principio de igualdad de oportunidades entre ambos sexos.
En ningún caso pueden formar parte de los órganos de selección: el personal que desempeñe
cargos de elección o de designación política o los haya desempeñado en los últimos dos años,
el personal funcionario interino o laboral temporal, el personal eventual, el personal directivo
profesional y las personas que, en los cinco años anteriores a la publicación de la convocatoria
correspondiente, hubiesen realizado tareas de preparación de aspirantes a pruebas selectivas.
El Tribunal queda facultado para resolver las dudas que puedan presentarse y adoptar
resoluciones, criterios o medidas necesarias para el buen orden del proceso de selección en
aquellos aspectos no previstos en estas bases.
QUINTA. ACTUACIÓN DE LOS ASPIRANTES.
El orden de actuación de las personas aspirantes en los ejercicios que no se puedan realizar
conjuntamente, se iniciará por aquel aspirante cuyo primer apellido comience por la letra “P”,
resultante del sorteo realizado el día 15 de febrero de 2022 por la Junta de Extremadura (DOE
nº 36 de 22 de febrero de 2022).
Los opositores, con la salvedad fijada con anterioridad, serán convocados en llamamiento
único debiendo acudir provistos del Documento Nacional de Identidad, pudiendo el Tribunal
requerirles en cualquier momento para que acrediten su identidad.
La no presentación de un aspirante a cualquiera de los ejercicios en el momento de ser
CVE:
BOP-2023-2222
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 12 de abril de 2023
N.º 0069
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