Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Moraleja. (BOP-2023-2222)
BOP-2023-2222 Bases Electricista, con carácter laboral-temporal, mediante contrato laboral de relevo, por el sistema de selección de concurso - oposición libre.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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interesados de un plazo de 5 días hábiles para efectuar reclamaciones ante el Tribunal de
Selección.
SÉPTIMA. CALIFICACIÓN DEFINITIVA. RELACIÓN DE APROBADOS Y PRESENTACIÓN DE
DOCUMENTOS.
La calificación definitiva del concurso-oposición vendrá determinada por la suma de las
calificaciones definitivas obtenidas en ambas fase, efectuada la cual, el Tribunal publicará en el
tablón de anuncios de la sede electrónica del Ayuntamiento de Moraleja,
https.//moraleja.sedelectronica.es y en la página web www.moraleja.es, así como en el Tablón
de Anuncios, anuncio en el que aparezcan los resultados finales por orden de puntuación total
de proceso de selección y la propuesta a la Alcaldía sobre la relación de aspirantes aprobados
y propuesto para su contratación, no pudiendo superar este el número de plazas convocadas,
de tal modo que resultará seleccionado aquel aspirante que mayor puntuación haya obtenido y
elevará dicha propuesta al órgano competente de la corporación para sus efectos.
En caso de empate en dicha clasificación final, éste se dirimirá por aquel aspirante que haya
obtenido mayor puntuación en el segundo ejercicio de la fase de oposición y si el mismo
continúa se atenderá a la mayor puntuación obtenida en el primer ejercicio de la citada fase, de
seguir existiendo se atenderá a la mayor puntuación obtenida en el apartado experiencia
laboral de la fase de concurso y de persistir se tendrá en cuenta la mayor puntuación obtenida
en el apartado formación de la citada fase.
En aplicación de lo dispuesto en la Ley 3/2007 de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de
mujeres y hombres, en caso de que persistiese el empate entre candidatos se resolverá a favor
de aquella persona cuyo género estuviera subrepresentado en las plazas objeto de la presente
convocatoria.
De persistir dicho empate se resolverá por orden alfabético, iniciándose el escalonamiento por
el orden de actuación de apellidos establecido según el sorteo a que se refiere la base quinta
de esta convocatoria.
La Resolución de Alcaldía dictada en base a la propuesta formulada por el Tribunal de
Selección donde figura la mencionada relación de aprobados y propuesto para su contratación
agota la vía administrativa, pudiendo los interesados interponer, con carácter potestativo,
recurso de reposición o bien, interponer directamente recurso contencioso-administrativo, así
como cualquier otro recurso que estimen procedente. Dicha resolución será motivada con
referencia al cumplimiento de las normas reglamentarias y de las bases de la convocatoria.
CVE:
BOP-2023-2222
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 12 de abril de 2023
N.º 0069
Pág. 10455
Selección.
SÉPTIMA. CALIFICACIÓN DEFINITIVA. RELACIÓN DE APROBADOS Y PRESENTACIÓN DE
DOCUMENTOS.
La calificación definitiva del concurso-oposición vendrá determinada por la suma de las
calificaciones definitivas obtenidas en ambas fase, efectuada la cual, el Tribunal publicará en el
tablón de anuncios de la sede electrónica del Ayuntamiento de Moraleja,
https.//moraleja.sedelectronica.es y en la página web www.moraleja.es, así como en el Tablón
de Anuncios, anuncio en el que aparezcan los resultados finales por orden de puntuación total
de proceso de selección y la propuesta a la Alcaldía sobre la relación de aspirantes aprobados
y propuesto para su contratación, no pudiendo superar este el número de plazas convocadas,
de tal modo que resultará seleccionado aquel aspirante que mayor puntuación haya obtenido y
elevará dicha propuesta al órgano competente de la corporación para sus efectos.
En caso de empate en dicha clasificación final, éste se dirimirá por aquel aspirante que haya
obtenido mayor puntuación en el segundo ejercicio de la fase de oposición y si el mismo
continúa se atenderá a la mayor puntuación obtenida en el primer ejercicio de la citada fase, de
seguir existiendo se atenderá a la mayor puntuación obtenida en el apartado experiencia
laboral de la fase de concurso y de persistir se tendrá en cuenta la mayor puntuación obtenida
en el apartado formación de la citada fase.
En aplicación de lo dispuesto en la Ley 3/2007 de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de
mujeres y hombres, en caso de que persistiese el empate entre candidatos se resolverá a favor
de aquella persona cuyo género estuviera subrepresentado en las plazas objeto de la presente
convocatoria.
De persistir dicho empate se resolverá por orden alfabético, iniciándose el escalonamiento por
el orden de actuación de apellidos establecido según el sorteo a que se refiere la base quinta
de esta convocatoria.
La Resolución de Alcaldía dictada en base a la propuesta formulada por el Tribunal de
Selección donde figura la mencionada relación de aprobados y propuesto para su contratación
agota la vía administrativa, pudiendo los interesados interponer, con carácter potestativo,
recurso de reposición o bien, interponer directamente recurso contencioso-administrativo, así
como cualquier otro recurso que estimen procedente. Dicha resolución será motivada con
referencia al cumplimiento de las normas reglamentarias y de las bases de la convocatoria.
CVE:
BOP-2023-2222
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 12 de abril de 2023
N.º 0069
Pág. 10455