Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Jaraíz de la Vera. (BOP-2023-2217)
BOP-2023-2217 Incoación de expediente de baja de oficio en el padrón municipal de habitantes.
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Sección I - Administración Local
Ayuntamientos
Ayuntamiento de Jaraíz de la Vera
ANUNCIO. Incoación de expediente de baja de oficio en el padrón municipal de
habitantes.
Intentada la notificación a RAMONA GOGAN, con documento número Y4134629W, relativa a
INCOACIÓN DE EXPEDIENTE DE BAJA DE OFICIO POR INSCRIPCIÓN INDEBIDA EN EL
PADRÓN MUNICIPAL DE HABITANTES OBRANTE EN EL AYUNTAMIENTO DE JARAÍZ DE
LA VERA sobre EMPADRONAMIENTO en C/. Sevilla, 28, de esta localidad, sin que estas se
hayan podido practicar, de conformidad con lo establecido en el artículo 44 de la Ley 39/2015,
de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se
procede a publicar el presente Anuncio en el Tablón de Edictos del Ayuntamiento de Jaraíz de
la Vera, en la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Jaraíz de la Vera y en el B.O.P. de la
Provincia de Cáceres a fin de notificar a RAMONA GOGAN, interesada en el procedimiento,
que con fecha 14 de diciembre de 2022 se ha dictado la resolución que a continuación se
transcribe:
D. LUIS MIGUEL NÚÑEZ ROMERO, Alcalde del Excmo. Ayuntamiento de Jaraíz de la Vera, en
uso de las facultades que me confiere la presente legislación, tengo a bien dictar la siguiente
RESOLUCIÓN:
Habiendo recibido el Ayuntamiento de Jaraíz de la Vera queja de TEODORA MÉNDEZ
MARTÍN, en el que pone de manifiesto que RAMONA GOGAN, con documento Y-4134629-W,
no reside en la vivienda sita en C/. Don Eulogio Velázquez Ramos, 3 – 2º B, de esta localidad
de Jaraíz de la Vera, y desconociendo su paradero actual y de conformidad con lo que se
establece en la Resolución 1 de abril de 1997 conjunta de la Presidenta del Instituto Nacional
de Estadística y del Director General de Cooperación Territorial, así como lo dispuesto en el
artículo 72 del reglamento de Población y Demarcación Territorial de las Entidades Locales,
aprobado por Real Decreto 1690/1986, de 11 de julio, en la nueva redacción dada por el Real
Decreto 2612/1996, de 20 de diciembre, y siendo obligación de los/as vecinos/as figurar
empadronados/as en el Municipio en el que se resida la mayor parte del año, es por todo ello y
en virtud de las facultades que me confiere el art. 21 de la Ley 7/85 de 2 de abril y demás
disposiciones de legal aplicación, vengo a dictar la siguiente RESOLUCIÓN:
CVE:
BOP-2023-2217
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 12 de abril de 2023
N.º 0069
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