Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Robledillo de Trujillo. (BOP-2023-2182)
BOP-2023-2182 Citación acto levantamiento acta previa ocupación terrenos EDAR.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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ocupación, de conformidad con el art. 52 de la Ley de Expropiación forzosa.
Si por causa de fuerza mayor no pudiera realizarse el levantamiento de la mencionada acta
previa a la ocupación de las fincas, se entiende que se realizará el primer día hábil siguiente,
con igual horario.
Los/as interesados/as, así como las personas que sean titulares de cualesquiera derechos e
intereses sobre los bienes afectados, deberán acudir personalmente o representados por
personas debidamente autorizadas, aportando el Documento Nacional de Identidad, los
documentos acreditativos de su titularidad, el último recibo del Impuesto de Bienes Inmuebles,
pudiéndose acompañar a su costa de perito/a y notario/a, si lo estiman oportuno.
De acuerdo con el artículo 56.2 del Reglamento de Expropiación Forzosa, los/as titulares y
demás interesados/as podrán formular ante el Ayuntamiento de Robledillo de Trujillo cuantas
alegaciones estimen oportunas, a los solos efectos de subsanar los posibles errores que se
hayan podido cometer en la relación de bienes y derechos afectados cuya relación
individualizada se relaciona en el Acuerdo de Pleno transcrito.
El presente anuncio servirá de notificación a los/as interesados/as, en caso de que no pueda
efectuarse la notificación personal.
Para su mejor información a los efectos oportunos y durante el período señalado, los/as
interesados/as tendrán a su disposición los Planos-Parcelarios de expropiaciones y el
expediente tramitado en relación con los bienes y derechos por los que resulten
individualmente afectados, que podrán consultar en el el Ayuntamiento de Robledillo de Trujillo,
en Secretaría.
Lo que se hace público a los efectos oportunos.
Robledillo de Trujillo, 4 de abril de 2023
Alfonso Garrido Mateos
ALCALDE
CVE:
BOP-2023-2182
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 11 de abril de 2023
N.º 0068
Pág. 10350
Si por causa de fuerza mayor no pudiera realizarse el levantamiento de la mencionada acta
previa a la ocupación de las fincas, se entiende que se realizará el primer día hábil siguiente,
con igual horario.
Los/as interesados/as, así como las personas que sean titulares de cualesquiera derechos e
intereses sobre los bienes afectados, deberán acudir personalmente o representados por
personas debidamente autorizadas, aportando el Documento Nacional de Identidad, los
documentos acreditativos de su titularidad, el último recibo del Impuesto de Bienes Inmuebles,
pudiéndose acompañar a su costa de perito/a y notario/a, si lo estiman oportuno.
De acuerdo con el artículo 56.2 del Reglamento de Expropiación Forzosa, los/as titulares y
demás interesados/as podrán formular ante el Ayuntamiento de Robledillo de Trujillo cuantas
alegaciones estimen oportunas, a los solos efectos de subsanar los posibles errores que se
hayan podido cometer en la relación de bienes y derechos afectados cuya relación
individualizada se relaciona en el Acuerdo de Pleno transcrito.
El presente anuncio servirá de notificación a los/as interesados/as, en caso de que no pueda
efectuarse la notificación personal.
Para su mejor información a los efectos oportunos y durante el período señalado, los/as
interesados/as tendrán a su disposición los Planos-Parcelarios de expropiaciones y el
expediente tramitado en relación con los bienes y derechos por los que resulten
individualmente afectados, que podrán consultar en el el Ayuntamiento de Robledillo de Trujillo,
en Secretaría.
Lo que se hace público a los efectos oportunos.
Robledillo de Trujillo, 4 de abril de 2023
Alfonso Garrido Mateos
ALCALDE
CVE:
BOP-2023-2182
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 11 de abril de 2023
N.º 0068
Pág. 10350