Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Jaraíz de la Vera. (BOP-2023-2170)
BOP-2023-2170 Incoación de expediente de baja de oficio por inscripción indebida en el padrón municipal de habitantes.
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Sección I - Administración Local
Ayuntamientos
Ayuntamiento de Jaraíz de la Vera
ANUNCIO. Incoación de expediente de baja de oficio por inscripción indebida en
el padrón municipal de habitantes.
Intentada la notificación a FRANCISCO GARCÍA CASAIS, con documento núm. 33257232-Z,
relativa a INCOACIÓN DE EXPEDIENTE DE BAJA DE OFICIO POR INSCRIPCIÓN INDEBIDA
EN EL PADRÓN MUNICIPAL DE HABITANTES OBRANTE EN EL AYUNTAMIENTO DE
JARAÍZ DE LA VERA sobre EMPADRONAMIENTO en Avda. de la Constitución, 11 – 1º, de
esta localidad, sin que estas se hayan podido practicar, de conformidad con lo establecido en el
artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas, se procede a publicar el presente Anuncio en el Tablón de Edictos
del Ayuntamiento de Jaraíz de la Vera, en la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Jaraíz de la
Vera y en el B.O.P. de la Provincia de Cáceres a fin de notificar a FRANCISCO GARCÍA
CASAIS, interesado en el procedimiento, que con fecha 14 de diciembre de 2022 se ha dictado
la resolución que a continuación se transcribe:
D. LUÍS MIGUEL NÚÑEZ ROMERO, Alcalde del Excmo. Ayuntamiento de Jaraíz de la Vera, en
uso de las facultades que me confiere la presente legislación, tengo a bien dictar la siguiente
RESOLUCIÓN
Habiendo recibido el Ayuntamiento de Jaraíz de la Vera queja de VERGINIE ALINE
LISSADELLE DIATTA, en el que pone de manifiesto que FRANCISCO GARCÍA CASAIS, con
documento 33257232-Z, no reside en la vivienda sita en Avda. de la Constitución, 11 – 1º, de
esta localidad de Jaraíz de la Vera, y desconociendo su paradero actual y de conformidad con
lo que se establece en la Resolución 1 de abril de 1997 conjunta de la Presidenta del Instituto
Nacional de Estadística y del Director General de Cooperación Territorial, así como lo
dispuesto en el artículo 72 del reglamento de Población y Demarcación Territorial de las
Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 1690/1986, de 11 de julio, en la nueva
redacción dada por el Real Decreto 2612/1996, de 20 de diciembre, y siendo obligación de
los/as vecinos figurar empadronados en el Municipio en el que se resida la mayor parte del
año, es por todo ello y en virtud de las facultades que me confiere el art. 21 de la Ley 7/85 de 2
de abril y demás disposiciones de legal aplicación, vengo a dictar la siguiente RESOLUCIÓN:
CVE:
BOP-2023-2170
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 11 de abril de 2023
N.º 0068
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