Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Cáceres. (BOP-2023-2085)
BOP-2023-2085 Convocatoria de Beca de formación en el Centro 'Europe Direct' del Ayuntamiento de Cáceres.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Ciencias Sociales, adecuadas a las funciones que desarrollará en el Centro, así como
aquellos equiparables en otros Estados Miembros de la UE.
c) Poseer un conocimiento hablado y escrito del idioma inglés acreditado
mediante diploma, del nivel B2 del Marco Común europeo de referencia .
d) Manejo de redes sociales.
e) Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias con el
Excmo. Ayuntamiento de Cáceres, así como en las obligaciones fiscales con la
Administración General del Estado.
f) Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones con la Tesorería
General de la Seguridad Social, o en su caso, estar exento.
g) No estar incurso en alguna de las prohibiciones para obtener la condición de
beneficiario, establecidas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre,
General de Subvenciones.
Artículo 4. Artículo 5.- Dotación económica, contenido y período de disfrute de
la beca.
1. La Beca, con cargo a las aplicaciones presupuestarias 2023.01.43910.160 y
2023.01.43910.143, de los Presupuestos Generales del Excmo. Ayuntamiento de
Cáceres para el año 2023, serán abonados por mensualidades vencidas, a razón de
1.080 euros brutos por mes.
2. La persona beneficiaria tendrá derecho además a :
a) Ser indemnizada por los gastos de alojamiento, manutención y viaje que
le correspondan, cuando se le encomiende expresamente realizar
trabajos fuera de Cáceres
3. El periodo de duración de la beca comenzará el día en el que tenga lugar la
incorporación del/la beneficiario/a de la misma, fecha que será determinada por el
Ayuntamiento, y finalizará el 31 de diciembre de 2023, pudiendo ser prorrogada,
siempre de acuerdo a la disponibilidad presupuestaria y a la vigencia de Convenio
con la Representación de la Comisión Europea, hasta un tiempo total de 24 meses
desde su inicio. Excepcionalmente, podrá ampliarse hasta 30 meses, lo que no
supondrá, en ningún caso, una alteración de la naturaleza de la misma, de acuerdo
con lo dispuesto en estas bases reguladoras.
4. El horario, que se determinará de acuerdo con las necesidades del enlace
“Europe Direct”, será siempre en jornada lectiva.
CVE:
BOP-2023-2085
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 5 de abril de 2023
N.º 0066
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aquellos equiparables en otros Estados Miembros de la UE.
c) Poseer un conocimiento hablado y escrito del idioma inglés acreditado
mediante diploma, del nivel B2 del Marco Común europeo de referencia .
d) Manejo de redes sociales.
e) Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias con el
Excmo. Ayuntamiento de Cáceres, así como en las obligaciones fiscales con la
Administración General del Estado.
f) Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones con la Tesorería
General de la Seguridad Social, o en su caso, estar exento.
g) No estar incurso en alguna de las prohibiciones para obtener la condición de
beneficiario, establecidas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre,
General de Subvenciones.
Artículo 4. Artículo 5.- Dotación económica, contenido y período de disfrute de
la beca.
1. La Beca, con cargo a las aplicaciones presupuestarias 2023.01.43910.160 y
2023.01.43910.143, de los Presupuestos Generales del Excmo. Ayuntamiento de
Cáceres para el año 2023, serán abonados por mensualidades vencidas, a razón de
1.080 euros brutos por mes.
2. La persona beneficiaria tendrá derecho además a :
a) Ser indemnizada por los gastos de alojamiento, manutención y viaje que
le correspondan, cuando se le encomiende expresamente realizar
trabajos fuera de Cáceres
3. El periodo de duración de la beca comenzará el día en el que tenga lugar la
incorporación del/la beneficiario/a de la misma, fecha que será determinada por el
Ayuntamiento, y finalizará el 31 de diciembre de 2023, pudiendo ser prorrogada,
siempre de acuerdo a la disponibilidad presupuestaria y a la vigencia de Convenio
con la Representación de la Comisión Europea, hasta un tiempo total de 24 meses
desde su inicio. Excepcionalmente, podrá ampliarse hasta 30 meses, lo que no
supondrá, en ningún caso, una alteración de la naturaleza de la misma, de acuerdo
con lo dispuesto en estas bases reguladoras.
4. El horario, que se determinará de acuerdo con las necesidades del enlace
“Europe Direct”, será siempre en jornada lectiva.
CVE:
BOP-2023-2085
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 5 de abril de 2023
N.º 0066
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