Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Plasencia. (BOP-2023-2034)
BOP-2023-2034 Plan Estratégico de Subvenciones del Ayuntamiento de Plasencia para el ejercicio 2023.
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ARTÍCULO 6. BENEFICIARIOS/AS.
Tendrá la consideración de beneficiario de subvenciones la persona o asociación que haya de
realizar la actividad que fundamentó su otorgamiento o que se encuentre en la situación que
legitima su concesión.
De acuerdo con el artículo 13 de la LGS, podrán obtener la condición de beneficiario las
personas o entidades que se encuentren en la situación que fundamenta la concesión de la
subvención o en las que concurran las circunstancias previstas en la bases reguladoras y en la
convocatoria.
Igualmente no podrán obtener la condición de beneficiario, las personas o entidades en
quienes concurran alguna de las circunstancias previstas en el punto 2 del artículo 13 de la
LGS, salvo que por la naturaleza de la subvención se exceptúe por su normativa reguladora.
ARTÍCULO 7. PROCEDIMIENTOS DE CONCESIÓN.
El Ayuntamiento de Plasencia concederá subvenciones en los términos y con el alcance
previsto en la Ley General de Subvenciones, mediante convocatoria pública o,
excepcionalmente, a través de concesión directa.
Podrán concederse de forma directa las siguientes subvenciones:
Las previstas nominativamente en el presupuesto del Ayuntamiento, en los términos
recogidos en los convenios y en la normativa reguladora de estas subvenciones.
Aquellas cuyo otorgamiento o cuantía venga impuesto a la Administración por una
norma de rango legal, que seguirán el procedimiento de concesión que les resulte de
aplicación de acuerdo con su propia normativa.
Con carácter excepcional, aquellas otras subvenciones en que se acrediten razones de
interés público, social, económico o humanitario, u otras para las que quede
debidamente acreditada la dificultad de su convocatoria pública.
ARTÍCULO 8. CONCURRENCIA COMPETITIVA.
Con carácter general las subvenciones se concederán en régimen de concurrencia competitiva.
En todo caso, las Bases de la convocatoria en los procedimientos de concurrencia deberán
contener, como mínimo, lo siguiente:
a) Definición del objeto de la subvención.
CVE:
BOP-2023-2034
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 4 de abril de 2023
N.º 0065
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