Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Plasencia. (BOP-2023-2034)
BOP-2023-2034 Plan Estratégico de Subvenciones del Ayuntamiento de Plasencia para el ejercicio 2023.
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1. Previamente a la concesión de la subvención acerca de si el/a beneficiario/a reúne los
requisitos exigidos tal y como determina la LGS y la Ordenanza General de Subvenciones del
Ayuntamiento de Plasencia.
2. Posteriormente a la concesión de la subvención y una vez justificada la misma sobre:
a. Si la justificación del destino de la subvención contiene los requisitos que exige la
normativa, esto es:
- Memoria de actuación justificativa del cumplimiento de las condiciones
impuestas en la concesión de la subvención, con indicación de las actividades
realizadas y de los resultados obtenidos.
- Justificación de la totalidad de los gastos para los que se concedió la
subvención, con los documentos exigidos por la normativa: facturas, nóminas,
seguros sociales, etc…, originales o copias compulsadas, acreditándose el pago
de las mismas. O relación clasificada de los gastos detallados, según se exiga en
las bases de la convocatoria o convenio.
- Detalle de otros ingresos o subvenciones que hayan financiado la actividad
subvencionada, con indicación del importe y procedencia.
b. Que se acredita la justificación del importe total subvencionado y el fin para el que se
concedió, con los documentos y justificantes requeridos por la normativa.
O en caso contrario, que no se cumplen los requisitos expresados anteriormente,
debiendo requerir a la entidad beneficiaria para la subsanación de deficiencias. Y en
caso de no procederse en ese sentido, iniciar el procedimiento de reintegro de la
subvención, como determinan los artículos 37 LGS, así como 91 y 92 del Reglamento de
la LGS.
3.- La Intervención realizará las funciones de control interno que la normativa reguladora (Real
Decreto 128/2018, Real Decreto Legislativo 2/2004 y Real Decreto 427/2017), exige en relación
con la materia de subvenciones.
RESULTANDO. Que se ha iniciado el expediente de aprobación del Plan Estratégico de
Subvenciones Municipal mediante Providencia de Alcaldía con fecha de 30 de marzo de 2023,
y emitido Informe Jurídico del Sr. S, conforme a las exigencias de los artículos 172 y 175 ROF,
en sintonía con el 62 BEP, de fecha del 31 de marzo de 2023.
CVE:
BOP-2023-2034
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 4 de abril de 2023
N.º 0065
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