Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Arroyomolinos de la Vera. (BOP-2023-1940)
BOP-2023-1940 Normas reguladoras para la concesión de ayudas destinadas al fomento de la natalidad.
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CUARTA. SISTEMA DE TRAMITACIÓN.
Estas ayudas se tramitarán en papel, debiéndose presentar la documentación pertinente en el
Registro Central del Ayuntamiento de Arroyomolinos de la Vera.
El plazo para la presentación de la solicitud será de 30 días hábiles a contar desde el
nacimiento o desde la publicación de estas normas para los/as nacidos/as con anterioridad
pero siempre dentro del año 2023 para la Línea 1 y de 10 días hábiles a contar desde el
siguiente a la publicación de esta Convocatoria, en el caso de la Línea 2.
De no presentarse solicitud en plazo se entenderá el desestimiento del derecho a la percepción
de la subvención que pudiera otorgársele.
QUINTA. COMPROMISMOS A ASUMIR POR LOS/AS BENEFICIARIOS/AS.
Serán beneficiarias las personas que se comprometen a desarrollar las actuaciones necesarias
para la ejecución plena de la actividad subvencionada y, además, deberán:
1. Antes del abono de la subvención, presentar la correspondiente solicitud en el Registro
Central del Ayuntamiento de Arroyomolinos de la Vera, así como los documentos que se
requieran al efecto para cada una de las líneas de la subvención.
2. Realizar el objeto para el que han solicitado la subvención, en los términos recogidos en
estas normas.
3. Facilitar el seguimiento de la ejecución de la actividad al Ayuntamiento, que podrá recabar la
información que corresponda, con el fin de asegurarse del cumplimiento del fin al cual se
destina esta ayuda.
SEXTA. ACTUACIONES Y ACTIVIDADES SUBVENCIONABLES, EJECUCIÓN Y
JUSTIFICACIÓN DE LAS ACTUACIONES.
ACTUACIONES SUBVENCIONABLES.
Mediantes las presentes normas, se pretende destinar el presupuesto consignado para los
fines fijados en el objeto de la ayuda, garantizando los principios fiscales de estabilidad
presupuestaria y sostenibilidad financiera enmarcados en la normativa señalada.
Los/as beneficiarios/as destinarán la subvención a financiar gastos de bienes de primera
necesidad, al menos el 50%, en los comercios de Arroyomolinos de la Vera.
CVE:
BOP-2023-1940
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 31 de marzo de 2023
N.º 0063
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