Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Torreorgaz. (BOP-2023-1914)
BOP-2023-1914 Proyecto Ordenanza Fiscal reguladora de las tasas por utilización de las instalaciones deportivas municipales.
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Artículo 7. Exenciones y Bonificaciones.
En atención a las características de los colectivos y asociaciones que utilicen o se beneficien
de la prestación de los servicios deportivos y/o utilización, La Alcaldía, previa solicitud y
mediante resolución motivada, podrá bonificar el importe de la tasa a satisfacer, bien en su
totalidad o en el porcentaje que se acuerde.
Los clubes deportivos federados del municipio podrán utilizar las instalaciones en los horarios
que se les adjudique, sin tener que abonar la tarifa establecida, pero para ello será
imprescindible que los/as jugadores/as de cada club federado estén en posesión de la tarjeta
de asociado/a.
Los/as menores de 4 años están exentos/as del pago de la entrada a la Piscina Municipal.
Artículo 8. Ingreso.
El pago de dicha Tasa se efectuará en el momento de entrar al recinto o al solicitar la
utilización de las instalaciones, en la taquilla habilitada al efecto.
Todas las tasas a satisfacer, se realizarán mediante tarjeta de crédito en la oficina de registro
del Ayuntamiento de Torreorgaz.
Artículo 9. Infracciones y sanciones.
En todo lo relativo a la calificación de infracciones tributarias, así como de las sanciones que a
las mismas correspondan en cada caso, se estará a lo dispuesto en los artículos 77 y
siguientes de la Ley General Tributaria.
Y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 17.2 del Texto Refundido de la Ley Reguladora
de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, se
somete el expediente a información pública por el plazo de treinta días a contar desde el día
siguiente de la inserción de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, para que los/as
interesados/as puedan examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen
oportunas.
Bono 20 días. 30,00 euros
Clases grupales. 25,00 euros/mes
CVE:
BOP-2023-1914
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 30 de marzo de 2023
N.º 0062
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