Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Hervás. (BOP-2023-1858)
BOP-2023-1858 Bases y convocatoria para proveer una plaza de encargado/a de pabellón e instalaciones deportivas.
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que acrediten su identidad.
Éstos accederán a los lugares de realización de las pruebas sin portar teléfono móvil o
cualquier aparato electrónico que pueda interferir en el resultado de las pruebas.
Finalizado y calificado cada ejercicio, el Tribunal hará pública la correspondiente acta,
especificando necesariamente: los/as asistentes, la relación de aspirantes presentados/as y las
puntuaciones obtenidas, así como las deliberaciones y los acuerdos adoptados.
Las aclaraciones y peticiones de revisión de cada uno de los ejercicios de la fase de oposición,
solo se admitirán en el plazo de cinco días hábiles, a contar desde que se publiquen los
resultados obtenidos en cada uno de ellos.
La calificación final será la suma de las puntuaciones obtenidas en el primer y segundo
ejercicio.
En caso de empate se dirimirá de la siguiente forma: Primero, por aquel/aquella aspirante que
haya obtenido mayor puntuación en el segundo ejercicio de la fase de oposición; en caso de
persistir el empate el que haya obtenido mayor puntuación en el primer ejercicio de la fase de
oposición; y en caso de persistir aun el empate, este se solventará mediante sorteo público en
presencia de los/as aspirantes.
OCTAVA. Relación de Aprobados/as, Acreditación de Requisitos Exigidos y Formalización del
Contrato.
Concluidas las pruebas, se elevará al órgano competente propuesta de candidatos/as para la
formalización de los contratos, que en ningún caso podrá exceder del número de plazas
convocadas. Cualquier propuesta de aprobados/as que contravenga lo anteriormente
establecido será nula de pleno derecho.
El órgano competente procederá a la formalización de los contratos previa acreditación de las
condiciones de capacidad y requisitos exigidos en la convocatoria.
Formalizado el contrato se deberá comunicar a la oficina pública de empleo que corresponda,
en el plazo de los diez días siguientes a su concertación; asimismo, se deberá informar a la
representación legal de los/as trabajadores/as, mediante entrega de una copia básica de los
contratos celebrados.
Téngase en cuenta que hasta que se formalicen los mismos y se incorporen a los puestos de
trabajo correspondientes, los/as aspirantes no tendrán derecho a percepción económica
CVE:
BOP-2023-1858
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 29 de marzo de 2023
N.º 0061
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